Se invierten millones y millones de euros al año en su construcción y mantenimiento, y, por lo tanto, también hay que garantizar su preservación. La Diputación de Bizkaia está actualizando la normativa que protege los 1.241 kilómetros de carreteras forales, que databa de 2013. Entre otros, el nuevo decreto regula la distancia a la que no se puede edificar respecto a la red viaria y prohíbe colocar anuncios a la vista de los conductores.
El nuevo decreto, que entrará en vigor previsiblemente este mes de junio, desarrolla uno de los títulos de la Norma Foral de Carreteras que fue aprobada en 2021 y actualiza el anterior, de 2013. Bajo el título Uso y defensa de la Carretera, se incluyen “las actuaciones necesarias para proteger la carretera frente a acciones de terceras personas y evitar actividades y usos que perjudiquen a la carretera, a su funcionalidad y seguridad, o a la de sus zonas de protección”. Cualquier actuación en la propia red y su entorno está regulado y esta es la normativa que establece qué se puede y qué no se puede hacer en cada una de ellas, el procedimiento de autorización establecido en cada caso, y clasifica las infracciones y las sanciones que llevan aparejadas.
Porque lo primero que hay que saber es que esta regulación afecta no solo a la calzada en sí y sus arcenes, sino también a los alrededores de las vías, sea estos terrenos públicos o privados: dominio público –a ocho metros desde el borde en autopistas o vías de interés preferente, y a tres en el resto–, zona de servidumbre –25 metros en las primeras, ocho en las segundas– y zona de afección –100 para las primeras, 50 para la red básica y 30 en el resto–, sin contar con el límite de edificación. Cuanto más importante es la carretera o más tráfico soporta, más grande es la zona que se protege, que pueden no ser de propiedad foral y estar en manos de particulares. En cada uno de ellos hay actuaciones que están permitidas, y otras no; aunque para todas ellas hay que solicitar autorización, cuanto más cerca se esté de la carretera, más restricciones habrá para evitar afecciones en ella. ¿Un ejemplo? La plantación de árboles, que no está permitida en esos primero ocho o tres metros, pero sí en la de servidumbre. Cambian también las autorizaciones que hay que solicitar: no es lo mismo establecer un cierre perimetral que construir una casa.
No es una cuestión baladí: en el territorio existe 1.241 kilómetros de carreteras forales –215,6 de ellos son vías de alta capacidad, esto es, de dos o más carriles por sentido, y el resto convencionales– que utilizan cada año millones de conductores. Y solo este ejercicio 2025, el departamento de Infraestructuras y Desarrollo Territorial dispone de un presupuesto de 246,6 millones de euros. Casi la mitad, 120 millones, se invertirán en conservarlas y mejorarlas –como la reparación del túnel de Ugasko de Artxanda– , y el resto se destina a ejecutar de nuevas infraestructuras, desde diferentes actuaciones en la BI-630 en Enkarterri a la variante de Markina, sin olvidar los primeros pasos para redactar el proyecto de la variante de Rekalde o el túnel bajo la ría.
La normativa establece algunos cambios respecto a su predecesora, más allá de la reestructuración del decreto y el refundido de regulaciones que anteriormente se desarrollaban aparte. Por ejemplo, en lo que respecta a los accesos que jalonan las carreteras, para entrar o salir de un pabellón industrial, una urbanización de viviendas o incluso un municipio, en especial los considerados históricos. Con carácter general, esos accesos, numerosísimos en Bizkaia, tienen que cumplir determinados requisitos –desde la visibilidad a su geometría–, que se flexibilizan en cierta forma, cumpliendo siempre con las condiciones de seguridad, en el caso de los que ya existían antes de la primera Norma Foral de Carreteras, de 1993. Para los nuevos, se tienen que pedir siempre autorización y esta dependerá de la intensidad de tráfico de la carretera en la que están situados, la seguridad vial y su funcionalidad, sin que puedan afectar a su circulación. Y están prohibidos siempre en el caso de autopistas, autovías o variantes.
También se ha incluido una nueva fórmula para agilizar actuaciones sencillas en las zonas de protección, a través de una declaración responsable, sin tener que esperar a la autorización foral. Y se ha desarrollado el concepto de tramo urbano, un suelo donde las autorizaciones corren a cargo de los ayuntamientos: hasta ahora, para que se considerara como tal, debía haber suelo clasificado como urbano a ambos lados de la carretera, y ahora solo será necesario que lo esté uno de ellos. Ello permitirá, por ejemplo, que los ayuntamientos habiliten aceras, siempre fuera de la calzada, de forma más ágil.