Hasta el 31 de marzo podrán presentarse las solicitudes para la bonificación del IBI para viviendas de familias numerosas y para aquellas pertenecientes a personas en situación de vulnerabilidad. Las familias numerosas podrá solicitar hasta el 31 de marzo la bonificación de hasta el 90% de la cuota íntegra del IBI de la vivienda habitual, con las condiciones que se regulan en el artículo 10.6 a) de la Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles 2023.

Para ello se deberá presentar el modelo normalizado DN.587 Bonificación de Inmuebles Propiedad de Familias Numerosas, debidamente cumplimentado y en su caso con la documentación en él requerida, bien de forma presencial en las Oficinas de Atención Ciudadana (con cita previa) o a través del Registro Telemático disponible en la Oficina de Administración Electrónica, para lo cual necesitará Certificado Electrónico, desplegando la opción Bonificación IBI Familias Numerosas. En cuanto a las personas en situación de vulnerabilidad, también hasta el 31 de marzo se podrá solicitar la bonificación del 90% de la cuota íntegra del IBI de la vivienda habitual, con las condiciones que se regulan en el artículo 10.6 b) de la Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles 2023.

Para ello se deberá presentar el modelo normalizado DN.589 Bonificación Sujetos Pasivos IBI en situación de vulnerabilidad, debidamente cumplimentado y en su caso, con la documentación en él requerida, bien de forma presencial en las Oficinas de Atención Ciudadana (con cita previa) o a través de la Oficina de Administración Electrónica. – M. Hernández