El Supremo rechaza la denuncia de Manos limpias contra Irene Montero por criticar a los jueces por la ley del 'solo sí es sí'
Dice que el Derecho Penal no puede usarse para "acallar opiniones, por agrias, desaforadas o injustas" que sean.
El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido a trámite la denuncia presentada por Manos Limpias contra la ministra de Igualdad, Irene Montero, por un presunto delito de injurias a las instituciones del Estado, que se fundaba en las críticas de la dirigente de Unidas Podemos a los jueces debido por su aplicación de la conocida como 'ley del solo sí es sí'.
La Sala de lo Penal sostiene que las manifestaciones formuladas por Montero el pasado mes de noviembre, a raíz de las rebajas aplicadas por jueces y tribunales a los casos afectados por la ley del 'solo sí es si', están protegidas por el derecho fundamental a la libertad de expresión en un asunto de interés público y de actualidad, por lo que no pueden reputarse como delito.
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"El derecho penal no es --y no debe ser-- herramienta apta para extirpar asperezas en el discurso político, ni para imponer un estilo cortés, discreto y elegante. En un Estado democrático, como sin duda lo es el nuestro, no cabe el empleo del Derecho Penal para acallar opiniones, por agrias, desaforadas o injustas que pudieran parecer", esgrime el TS.
La resolución, ponencia del magistrado Leopoldo Puente, añade que, "de otro modo, se provocaría un claro efecto desalentador o desincentivador en relación con la libre expresión de ideas u opiniones, generado por el temor que pudiera provocar a quien las manifiesta, de estimarse aquellas como excesivas o hirientes, la eventual imposición de sanciones de naturaleza penal".
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