Vitoria. Según ha informado este jueves el sindicato CC.OO., la indemnización de 99.995 euros para el trabajador E.M.R. se establece por la extinción de la relación laboral debido a la que empresa mantuvo "una conducta claramente desfavorable a los intereses" de este empleado, que llevaba trabajando en esta firma desde 1987.

La sentencia establece que la actuación de la empresa supuso un incumplimiento grave de sus deberes frente el trabajador, que se vio obligado a entablar varios procedimientos judiciales por causas relacionadas con modificación sustancial de condiciones de trabajo, vacaciones, sanciones y reclamaciones de cantidades económicas.

El fallo señala que todo ello demuestra la obstinación de la empresa contra este trabajador.La panificadora condenada llegó a reunir a la plantilla para dar lectura en voz alta a una carta en la que se achacaba a E.M.R. una disminución intencionada de su rendimiento de trabajo, culpándole de deficiencias en la calidad y errores en la producción.

También se le recriminaba en esa carta por dar muchos "paseíllos", lo que llevó al trabajador a abandonar esa reunión y llamar a la Ertzaintza.

El responsable de salud laboral de CC.OO., Alfonso Ríos, ha condenado estas prácticas y ha advertido a las empresas que tengan este tipo de conductas de que serán puestas en conocimiento de la opinión pública porque se trata de prácticas que constituyen "un verdadero abuso, carecen de ética y son completamente injustificables".

CCOO exige a las empresas un trato ético hacia sus empleados y que se apliquen medidas para la prevención de los riesgos psicosociales.