Una definición común del Derecho considera a este como el sistema de principios y normas que, tomando como base los ideales de justicia y orden, rige la vida social de los grupos humanos y debe ser aplicado por los poderes públicos en aras al bien común.

La actual guerra de Irán, que como todas ellas significa, en palabras del novelista Henry Miller “la destrucción del espíritu humano”, ha generado, además de miles de muertos y heridos, un terremoto geopolítico que socava los pilares del derecho internacional. En un reciente artículo, caracterizaba el panorama presente “como un contexto de voladura no controlada”, en el que el orden mundial construido tras las dos grandes contiendas bélicas del siglo XX “cae como un castillo de naipes”.

Y si hasta hace bien poco las declaraciones de los grandes líderes en materia de política internacional parecían sustentarse en parámetros de rigor, seriedad o previsibilidad, hoy todo parece haberse trocado en ligero, volátil e incluso, efímero.

Donald Trump, convertido en El hombre que dicta, un término no muy alejado del de Gran Dictador, no ha tenido reparo en ofrecer diferentes versiones en un breve espacio temporal para justificar el ataque contra Irán (defenderse contra la amenaza del régimen de los ayatolás, retirada de Irán de la mesa negociadora con EE.UU. o la garantía de libertad de la ciudadanía iraní). Al tiempo, su embajador ante la ONU, Mike Waltz, justificaba la acción ofensiva manipulando el artículo 51 de la Carta de Naciones Unidas (Derecho de legítima defensa en caso de ataque) que, como es evidente, se trata de una situación no acontecida. El despropósito argumental de la administración norteamericana atenta, además, contra el más elemental sentido común (“el menos común de los sentidos”, que diría Voltaire) al afirmar que se quiere liberar de la tiranía (tiranía obvia, sin duda) a la misma población civil a la que se está masacrando indiscriminadamente.

Irujo con refugiadas vascas, 1946. .

Úrsula Von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea, en unas declaraciones que harían volver de la tumba a los democristianos fundadores de la actual UE como Alcide De Gasperi, Konrad Adenauer o Robert Schuman, acrecentó el despropósito al afirmar que “Europa no puede ser la guardiana del viejo orden mundial, de un mundo que ha desaparecido”

Como se puede apreciar, el concepto de Derecho Internacional como cimiento básico para la convivencia pacífica parece haberse convertido en un concepto secundario; el concepto de Derecho, en general, ha dejado de disponer de una consideración estructural para ponerse al servicio de lo coyuntural y arbitrario, de lo manipulable e instrumentalizador.

Apoyando sin reservas la intervención del presidente del Consejo Europeo Antonio Costa reivindicando un orden internacional basado en reglas, mi formación como historiador y mi condición de vasco, me lleva, por analogía a rescatar nuevamente del pasado, émulo pretérito del portugués, a una figura (algunos lo llamarán fijación pero es referencialidad) que descolló en nuestra historia contemporánea como un defensor a machamartillo de la justicia y el derecho como pilares de la acción política, social y económica; una defensa a ultranza, que no dudó en aplicar tanto en tiempo de paz como de guerra. Me estoy refiriendo al estellés Manuel Irujo Ollo, uno de los principales dirigentes del PNV durante gran parte del siglo XX.

Su vida profesional y política estuvo centrada en procurar nuevos derechos tanto en el mundo rural como en el proletario

Cristiano con anhelo de justicia social

Autodefinido en su obra La Guerra Civil en Euzkadi antes del Estatuto como “un hombre de formación liberal y cristiana, con anhelos de justicia social canalizada en una norma jurídica que sea contenido de un régimen de derecho con su expresión adecuada en las leyes”, siempre entendió la ley como asistencia y complemento de una vida ciudadana que debe aplicar con justicia la libertad. Espiritualista convencido, situó en primer término la lucha por la dignidad humana, -violentada hoy en Persia, Líbano, Palestina y Ucrania-, por encima de motivos “de orden puramente material o económico”. 

Todas las libertades son solidarias

Partidario del multilateralismo y del concepto de seguridad colectiva que partía de la idea expresada por San Luis de que “todas las libertades son solidarias”, criticó duramente en Instituciones Jurídicas Vascas, una concepción del derecho que recuerda con nitidez a la que están aplicando los dirigentes de las grandes potencias. Decía esto Irujo en 1945: “el concepto nazi del Derecho, por el cual, todas las naciones del mundo, deben quedar sometidas a la regla impuesta por el pueblo superior, o exterminadas, como los judíos, si así conviene al interés o seguridad de espacio vital. Para el Reich de nuestros días, todos los pueblos son enemigos en potencia. El que pasen a serlo depende, no de la propia naturaleza del ser humano, sino de la conveniencia o de los planes de los pueblos totalitarios”. Irujo, muy en contra de lo que viene sucediendo hoy día, abogó por el arbitraje internacional como vía para zanjar los conflictos surgidos entre las naciones, una vía, señalaba el dirigente aber-tzale, que ya había sido ensayada en nuestra tierra en el siglo XII “en el conflicto entre castellanos y vascos, para resolver el pleito planteado sobre Rioja y Bureba”.

Irujo, con sombrero, junto a Miguel José Garmendia, Juan Olasagasti y varios oficiales y civiles en una visita al frente de Cataluña. .

Navarra siglo XVI.Conquista y manipulación

La historia de un reino navarro libre no separado sino unido por los Pirineos y modelo de sentido democrático fue un tema dominante en la obra irujiana. En ella, dedicó amplios pasajes a la invasión castellana del reino vascón acaecida en 1512, rescatando del olvido cómo Fernando de Aragón, el Católico, tratando de justificar aquel acto de guerra, se basó en la promulgación por parte de Julio II (aliado suyo contra Francia) de una serie de bulas pontificias -que en la época tenían una especie de rango universal de carácter divino-, que excomulgaban a los reyes navarros por un supuesto acuerdo, del todo inexistente, con la monarquía francesa, considerada cismática. Como resaltó Irujo en su obra Inglaterra y los vascos, uno de aquellos documentos, la bula Exigit contumatiam del 18 de julio de 1512, la historiografía ha demostrado que era totalmente falso. Salvando las distancias temporales y circunstanciales, dichas apoyaturas argumentativas de la Edad Media, reviven en nuestra memoria aquella otra argumentación falsaria que sirvió al conocido como Trío de las Azores (Geroge W. Bush, Tony Blair y José María Aznar), que preparó la invasión de Irak con el pretexto de la existencia de armas de destrucción masiva en aquel país (aún hoy Aznar sigue defendiendo aquella dramática decisión). En 1512 y en 2003, la palabra del poder se había impuesto al poder de la palabra (el Derecho).

La ruptura foral

Navarridad, vasquidad y foralidad constituyen tres ejes principales en el pensamiento y la acción política de Manuel Irujo. Él situó el origen del régimen foral en el carácter pactado de las relaciones entre las tribus vasconas y el poder de Roma durante la época de las invasiones. Era un régimen “que identificaba la soberanía del país, al que correspondía la facultad de otorgarse sus propias leyes”, considerando como tales no solamente las escritas sino también las pertenecientes al derecho consuetudinario. Por ello, siendo los fueros elementos consustanciales de la personalidad de la nación vasca, no dudó en denunciar políticamente que la Ley Confirmatoria de los Fueros del 25 de octubre de 1839 (aprobada tras la firma del Convenio de Vergara que puso fin a la guerra carlista), “se confirman los Fueros de las Provincias Vascongadas y Navarra, sin perjuicio de la unidad constitucional de la monarquía”, era nula de pleno derecho ya que, ciñéndose al caso navarro, “la facultad para modificar los Fueros correspondía al poder legislativo, que residía en las Cortes con el rey de Navarra, pero nunca a las Cortes de España”. Pacto y codecisión sí, nunca imposición unilateral

El Derecho como garantía de derechos sociales. El Derecho de asilo

Para Irujo, el Derecho no era un fin en sí mismo, sino una herramienta estructural pero adaptativa cuya finalidad última era el bien común general. Tal como expresó en 1931, “la esencia son la vida de libertad y de derecho para los ciudadanos”. Por ello, su vida profesional y política estuvo centrada en procurar nuevos derechos tanto en el mundo rural (defensa del derecho a la propiedad de la tierra para quien la trabajara, lucha contra los desahucios campesinos, restitución de las tierras comunales), como en el proletario (fin del trabajo infantil y la explotación femenina, impulso de las cajas de ahorro y coparticipación obrera en los beneficios empresariales). Junto a ellos, defendió la libertad religiosa, y cómo no, un derecho que hoy parece olvidarse en el plano internacional: el Derecho de Asilo.

Miguel José Garmendia junto a civiles durante una visita en el frente de Cataluña.

Miguel José Garmendia junto a civiles durante una visita en el frente de Cataluña. .

Si hoy asistimos a una terca e infame realidad en la que a gobiernos como el británico no le dolieron prendas en sacar adelante su inhumano plan de enviar a Ruanda a inmigrantes faltos de documentación; si el panorama nos presenta lamentables acuerdos del gobierno italiano para crear centros de deportación de refigiados en Albania; si esta pasada semana, con el apoyo de ultraderechistas y de los conservadores del Partido Popular Europeo (hace tiempo que este traicionó los valores primigenios cristianodemócratas), el Parlamento Europeo aprobó, en línea con las propuestas de Giorgia Meloni, el vergonzoso nuevo Reglamento de Retornos de la UE que impulsa la apertura de nuevos Guantánamos fuera de la Unión Europea; y si el gabinete Trump defiende el salvajismo de los ICE en Minneapolis… la historia nos presenta a Manuel Irujo como un firme partidario del Derecho de Asilo como instrumento (junto con otros) con el que afrontar el drama del exilio y la inmigración. Para Irujo el Derecho vasco, -que definía como “la relación nutrida de sentido humano, por la que se garantizaba el respeto y aún el afecto solidario hacia los demás hombres”-, se ejemplificaba en la palabra eskubidea (caminar de la mano). Y el estellés recordaba asimismo que en nuestro idioma nacional, los términos “huésped” y “extranjero” encontraban su sinónimo en una única palabra: arrotz.

El autor: PATXI AGIRRE ARRIZABALAGA 

Villabona (Gipuzkoa), 1966.

Licenciado en Historia (UNED)

Máster en Historia Contemporánea de España en el contexto internacional (UNED).

Doctor en Historia Contemporánea (EHU-UPV) con la tesis doctoral ‘El hecho religioso en la vida política de Manuel Irujo’, que obtuvo la calificación de sobresaliente cum laude.

Bueno es recordar estas ideas de un humanista cristiano que defendió el humanitarismo como consciencia del sufrimiento de los desfavorecidos y promoción de la concepción de que hay que posicionarse siempre, en cualquier tiempo, circunstancia y lugar (su actuación en la Guerra Civil es un claro exponente de coherencia) en contra de cualquier violación de los derechos humanos.

Bueno también concluir, en esta víspera del Aberri Eguna, -patria que Irujo nunca entendió en sentido excluyente sino integrador y abierto al mundo (Eman ta zabal zazu)-, con las palabras que el León Nabarro empleada para finalizar sus discursos en Nafarroa: ¡Viva Nabarra libre!, Gora Euzkadi Askatuta!