Una empresa de Erandio y cuatro de sus responsables han sido condenados por un delito contra el medio ambiente con la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas.

En la sentencia contra Indumetal Recycling S.A., el tribunal de la Audiencia de Bizkaia ha sancionado a la persona jurídica a una multa de 60.000 euros. Además, impone una pena de dos años de cárcel y una multa de 19.500 euros al que fuese vicepresidente entre los años 2008 y 2018 y al director general de la empresa.

Por otro lado condena a siete meses de prisión y una multa de 7.500 euros al jefe de planta entre 2013 y 2017 y al encargado y responsable de Calidad, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos Laborales. Se suspende la ejecución de las penas privativas de libertad por un plazo de dos años, condicionada a la no comisión de delitos en ese tiempo.

NO HAY POSIBILIDAD DE RECURSO

El tribunal declara que la empresa dedicada al reciclaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, y el resto de acusados, "cada uno en su parcela de responsabilidad", incumplieron "de forma sistemática" al menos desde 2013 y hasta el inicio de la investigación, en 2016, las exigencias legales en la gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

En la sentencia contra la que no cabe recurso, está recogido que la empresa almacenaba "las materias primas y los residuos en lugar y modo inadecuados, al aire libre y sobre una solera agrietada que producía filtraciones, lugar donde igualmente volcaban y rompían los equipos haciéndolos impactar sobre el suelo empleando para ello vehículos denominados 'pulpo' y 'toro'".

También apunta que aunque la empresa disponía de una nave para la correcta gestión de todo tipo de residuos vinculados con aparatos eléctricos, gran parte de los equipos con tubos de rayos catódicos y pantallas de cristal líquido se introducían en la denominada línea cero donde un molino rompía y trituraba los equipos que no habían sido descontaminados de manera previa. De esta manera provocaban que "todo el polvo fluorescente y el mercurio" se pudiese liberar sin control ni aspiración.

"La inadecuada gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos provocaba la liberación al aire, al suelo y al agua de los elementos químicos contenidos en su interior, lo cual generaba un riesgo de afección sustancial a la calidad de los citados elementos", añade la sentencia.

El tribunal considera que el que fuera vicepresidente y el director general, y como consecuencia la empresa, diseñaron y establecieron unos procedimientos "inadecuados" como forma de tratar gran parte de este tipo de residuos en la planta de Erandio que fueron seguidos como protocolo por parte del resto de los trabajadores.

El tribunal reconoce la existencia de dilaciones indebidas para atenuar la pena, ya que a lo largo de la tramitación de esta causa se ha producido "un destacable periodo de inactividad" entre 2020 y el momento en el que se dictó el auto de julio de 2021 de transformación en procedimiento abreviado.