Al vender nuestra casa, debemos considerar una serie de gastos que pueden surgir durante el proceso; los honorarios del notario, los impuestos municipales, la cancelación de la hipoteca, impuestos de ganancias patrimoniales... No es sencillo saber a qué tipo de desembolsos tenemos que hacer frente cuando estamos en una situación similar, por ello, los expertos de Ordunte Inmobiliaria nos ofrecen una serie de consejos a tener en cuenta y que nos servirán para hacernos una idea mucho más certera del beneficio que obtendremos con la venta de nuestra casa.

1.Notario 

Según Ley (artículo 1455 del Código Civil) los gastos de otorgamiento de escritura (2/3 partes del total de los gastos de Notaría) corresponden al vendedor. El precio viene determinado por el valor de la compraventa, pero también influye la extensión de la escritura, el número de copias o la existencia de operaciones conexas, como por ejemplo una hipoteca.

2.Impuestos municipales

Plusvalía. Impuesto sobre el incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Es un impuesto municipal, y depende del valor catastral del suelo, de los años de tenencia del bien (con un mínimo de 1 año y un máximo de 20) y del tipo impositivo de cada población.

3.Cancelación de hipoteca 

El coste económico depende del acuerdo particular de cada hipoteca y el máximo está regulado por Ley. Un máximo del 0,50% durante los primeros 5 años de vida de la hipoteca y un 0,25% el resto del plazo de amortización.

Los gastos de cancelación registral son de notaria y registro de la propiedad, dado que se debe firmar la escritura de Carta de Pago.

El coste económico de la cancelación de la hipoteca El coste económico depende del acuerdo particular de cada hipoteca. Pexels

4.Ganancia Patrimonial en IRPF

En cuanto a los impuestos a los que hay que hacer frente, toda venta de un inmueble tiene afección en el IRPF del titular de la vivienda, puesto que supone una variación patrimonial. Así pues, los rendimientos derivados de la transmisión de bienes inmuebles que no tengan la consideración de actividad económica, tributan a un tipo del 18% (los primeros 6.000 euros) y el 21% el resto.

Toda venta de un inmueble tiene afección del IRPF del titular de la vivienda, puesto que supone una variación patrimonial.

En las transmisiones onerosas, el importe de la ganancia o pérdida se cuantifica por la diferencia entre los valores de transmisión (menos los gastos y tributos inherentes a la transmisión y que hayan corrido por cuenta del transmitente) y adquisición (más gastos y tributos inherentes a la adquisición).

Cuando un contribuyente vende una vivienda debe tributar por la plusvalía lograda en el IRPF. Actualmente, la legislación contempla dos beneficios fiscales. Por un lado, los coeficientes de actualización permiten corregir la ganancia por el efecto de la inflación. Además, las viviendas compradas antes de 1994 tienen derecho a una reducción fiscal por los coeficientes de abatimiento. La reforma fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 2015 suprimió los coeficientes de actualización y limitó los coeficientes de abatimiento a ventas inferiores a 400.000 euros.

En cambio, los tipos impositivos que se aplican sobre las plusvalías inmobiliarias ya se dedujeron en 2015 y están bajando todavía más.

En resumen, es importante tener en cuenta que estos son solo algunos de los gastos comunes asociados a la venta de una casa, y los montos exactos pueden variar según tu ubicación y situación particular. Para mayor seguridad, es recomendable consultar con un profesional inmobiliario como los de Ordunte Inmobiliaria para obtener una estimación más precisa de los gastos que podemos esperar al vender nuestra casa.

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