La Audiencia Provincial de Valencia ha estimado el recurso de apelación del expresident de la Generalitat Valenciana Carlos Mazón y ha admitido su personación en la causa de la dana para ejercer su derecho de defensa.

El tribunal, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, concluye que se han acordado diligencias pendientes aún de "ofrecer resultados con aptitud para aportar información que pudieran permitir una inculpación futura" de Mazón, que permanece aforado por mantener el acta de diputado autonómico del PP.

Los seis magistrados de la Sala, como es habitual en esta causa, han estimado el recurso de apelación interpuesto por el expresident, al que se adhirió la Fiscalía, contra el auto del pasado 31 de marzo por el que la magistrada instructora denegó esa personación. "La instrucción continúa y, como hemos señalado, se han acordado y están pendientes de ofrecer resultados con aptitud para aportar información que pudiera permitir una inculpación futura del señor Mazón Guixot", explican los magistrados.

Recuperación de los mensajes

Las diligencias a las que hacen referencia los magistrados de la Audiencia Provincial se centran básicamente en la investigación sobre los mensajes que intercambió Mazón con su jefe de gabinete, José Manuel Cuenca, y que la jueza instructora ordenó intentar recuperar de un teléfono que fue reseteado por el asesor de Mazón antes de devolverlo a la Generalitat.

Por ello, apuntan la posibilidad de que, en caso de que se lograsen recuperar esos mensajes del teléfono de José Manuel Cuenca, "pudieran aportar información respecto a la posible intervención activa del señor Mazón, por sí, o a través de colaboradores o cargos jerárquicamente dependientes, en el dictado del mensaje Es-Alert o en el retraso de su envío".

"Siendo éste diputado de las Cortes Valencianas y, por previsión estatutaria, aforado ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de la Comunidad Valenciana, debe tener la oportunidad que reclama en su recurso", concluyen los magistrados, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 118 y 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim).

Alcance de la personación jurídica

Según recoge el auto, que ha sido notificado este miércoles, "de otro modo, (Mazón) se vería privado de conocer la actividad judicial de investigación que le concierne". La Audiencia advierte en cualquier caso de que su pronunciamiento "se limita, exclusivamente, a resolver si debe admitirse o no la personación" del aforado en la causa al amparo de los artículos 118 y 118 bis de la Lecrim, "al efecto de ejercer su derecho de defensa". Por tanto, pero no deben "extraerse" de este pronunciamiento "conclusiones en relación a particulares que no han sido objeto del recurso y que tampoco eran objeto de lo resuelto en el auto recurrido".

Tras conocer este pronunciamiento de la Audiencia, el letrado de Mazón, Ignacio Gally, ha insistido en que "desde hace meses se han practicado diligencias en esta causa que afectaban directamente al señor Mazón".

A su juicio, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana "ya descartó la existencia de responsabilidad penal y, además, recordó la doctrina jurisprudencial aplicable sobre los límites de la instrucción cuando se practican diligencias respecto de una persona no formalmente investigada". Por ello, ha considerado que "la admisión de la personación nos permite ahora examinar con rigor técnico todo lo actuado, tanto en relación con las diligencias ya practicadas como respecto de las que puedan acordarse en adelante".

Y advierte que "una vez analizada detenidamente la causa, valoraremos la interposición de los recursos y solicitudes que procedan en derecho, incluida, en su caso, la impugnación de las diligencias que hayan excedido los límites propios de la instrucción o afectar indebidamente a derechos fundamentales". Gally se compromete a actuar "con plena lealtad procesal", pero también "con la máxima firmeza en la tutela de los derechos del expresident", de cuya responsabilidad penal, añade, "no se ha apreciado indicio alguno".