2022 llega con algunas novedades en las ordenanzas fiscales de la ciudad de Orduña, en concreto, modificaciones en el impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y en el correspondiente a Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). En el primer caso, el consistorio local ha aprobado de una serie de bonificaciones que se aplicarán solo fuera de la zona antigua ya que en el Casco Histórico, al estar dentro del área de rehabilitación general, el gravamen es de un 1%, mientras que en ámbitos exteriores supone un 5%.

En esos casos, las deducciones en el ICIO llegará hasta el 95% cuando se realicen obras para el establecimiento, mejora, o ampliación de actividades empresariales de nueva implantación o ya existentes. Lo más significativo es que a aplicación de esta bonificación “será en función del número de empleadas y empleados afectos directamente a la actividad económica correspondiente a este impuesto y de empresas ubicadas en el municipio”, se precisa en la ordenanza fiscal. Así pues, en el caso de que el establecimiento donde se lleven a cabo las obras tenga 1 o 2 trabajadores con contrato laboral la bonificación será del 25%, cuando sean de 3 a 4 el descuento será del 45%, si hay entre 5 y 10 trabajadores la rebaja alcanzará el 65% de la cuota, la bonificación será del 85% en empresas de entre 11 a 19 empleados y del 95% cuando se superen las 20 personas en plantilla.

Asimismo, el Ayuntamiento concederá una bonificación del 30% del ICIO a las comunidades de viviendas situadas fuera del casco histórico que vayan a instalar un ascensor por primera vez, así como a las que vayan a realizar obras para la mejora de las condiciones de accesibilidad o para eliminación de barreras arquitectónicas en los portales. Además, para trabajos que supongan una mejora en la eficiencia energética de la edificación, la deducción será del 30% en el caso de que las actuaciones ejecutadas alcancen un indicador global con la letra A, de un 20% en el caso de que sean calificadas con la letra B, de un 15% si se llega a la letra C, y de un 10% para las que sean catalogadas con la letra D. Por último, se podrá obtener una bonificación del 30% cuando se instalen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar, a excepción de los casos en que sean de obligada implantación por aplicación de la normativa técnica vigente.

Vehículos sostenibles

Por otro lado, el Consistorio ha realizado un cambio en el impuesto de vehículos de tracción mecánica que beneficia a los medios de transporte más sostenibles. Los vehículos de motor híbrido y los que utilicen gas como combustible -natural, licuados del petróleo o bietanol- disfrutarán de una bonificación del 50%, mientras que los de motor eléctrico dispondrán de una rebaja mayor, en concreto, del 75% de la cuota.

Los vehículos de más de 25 años pertenecientes a una asociación cuyo fin es la difusión y promoción de vehículos antiguos han tenido hasta ahora una bonificación del 100% y que, en estos casos, la bonificación se ha disminuido al 50%.