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Del Árbol Malato al derecho de la mujer a heredar

El Fuero Nuevo fue aprobado por las Juntas Generales de Bizkaia en 1526 y confirmado por el emperador Carlos I

Del Árbol Malato al derecho de la mujer a heredarBorja Guerrero

Cuenta la leyenda que, en el siglo IX, una princesa escocesa llegó en barco hasta Mundaka. Allí tuvo un hijo -cuentan las crónicas que de Sugaar-, al que llamaban Jaun Zuria por una piel pálida y un cabello rubio que no era habitual en la zona. El valiente joven accedió a ponerse al frente del ejército para enfrentarse a las tropas astures, que habían arrasado y quemado varias zonas y poblados de la costa vizcaina por orden del rey Alfonso cuando los habitantes de Bizkaia se negaron a seguir pagando la dote periódica al reino de Asturias. La cruenta batalla de Padura dejó numerosas bajas y tal manto de sangre que la zona pasó a llamarse Arrigorriaga, lugar de las piedras rojas. Durante la retirada, el ejército enemigo fue perseguido hasta un lugar llamado Luyando, donde había un roble: Jaun Zuria les dejó marchar, a condición de que no volvieran, y clavó en el roble una espada.

Aquel roble pasó a llamarse Árbol Malato y era el límite hasta el que los vizcainos estaban obligados a seguir al Señor; más allá de este límite, como hombres libres que eran, debían recibir un sueldo. "yr, cada, y quando el Señor de Vizcaya los llamasse sin sueldo alguno, por cosas, que a su servicio los mandasse llamar: pero esto fasta el arbol Malato, que es en Lujaondo: pero si el Señor con su Señoría les madasse yr allende del dicho lugar, su Señoría les debe madar pagar el sueldo de dos mese, si vuieren yr aquen los puertos, & para allede los", se recoge en uno de los artículos del Fuero Nuevo y es solo un ejemplo de las normas propias que regían el territorio, muy modernas para la época.

El fuero es el ordenamiento jurídico por el que se regía el Señorío de Bizkaia, el equivalente a una ley general que envolvía distintas clases de normas y era, al mismo tiempo, ley constitucional y código civil, penal y procesal. Tomó forma escrita en 1452 en el Fuero Viejo; la reforma de 1526 eliminó normas en desuso e incorporó nuevas disposiciones adaptadas a la época, consolidando un modelo avanzado que se mantuvo vigente hasta prácticamente finales del siglo XIX. Construía una sociedad basada en la igualdad, la protección de libertades, el pacto institucional y la consolidación de una identidad colectiva.

Igualdad civil entre vecinos

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El fuero recoge declaraciones tan fundamentales para todos los vizcainos como la Hidalguía Universal. Expresada en la ley 16 del título I del Fuero Nuevo, la hidalguía estableció la igualdad civil entre vecinos de Bizkaia con consecuencias tan notorias como la prohibición de ser sometido a tortura o a la exención de tributos. Además, los actos del poder quedaban fiscalizados por el Pase Foral. Consistía en un mecanismo de control del poder señorial con el que se ponía freno a posibles arbitrariedades y garantizaba el respeto a las leyes por parte de los gobernantes: cualquier resolución del Señor que fuese contra el Fuero de Bizkaia quedaba invalidada. "Se obedece pero no se cumple", era su fórmula. Incluso reconocía el derecho de las mujeres a heredar y a poner en marcha sus propios negocios.

La Segunda Guerra Carlista (1872-1876) puso fin a un largo periodo de tensiones entre instituciones forales y los sucesivos gobiernos de Madrid. La derrota para el bando carlista sirvió de pretexto para la total abolición del sistema foral, que durante un largo periodo había sido minado progresivamente. La ley de 21 de Julio de 1876 supuso la consumación del despojo foral y, por consiguiente, la desaparición de las Juntas Generales y las Diputaciones Forales como órganos rectores de la política de los territorios de Bizkaia, Gipuzkoa y Araba. Nafarroa ya había perdido su poder político con la llamada Ley Paccionada del 16 de Agosto de 1841 que le reducía sus competencias a las de una descentralización administrativa, despojándole de aquellos elementos soberanos que chocaban con el régimen constitucional.