La propia normativa les otorga un carácter diferente, porque no es lo mismo comprar un piso para vivir en él que acumular varios como inversión o negocio. Por ejemplo, los considerados grandes tenedores, aquellos que poseen más de cinco o diez viviendas, según el caso, están obligados a cumplir con los precios de referencia en zonas tensionadas al sacarlas en alquiler. Pero no es fácil saber quiénes son. ¿Cómo cuenta quien tiene una pequeña participación en un inmueble? ¿Y el usufructo? ¿Lo son los dueños de caseríos, por lo general con muchos más metros cuadrados que un piso? ¿Contabilizan los que se poseen en otros territorios o comunidades autónomas? La falta de desarrollo de la Ley de Vivienda está impidiendo que la Hacienda foral tenga identificados a esos grandes tenedores, una cuestión sobre la que ya trabaja junto al Gobierno vasco para poder aplicar la normativa "con seguridad jurídica y sin que sea fuente de litigios", ha advertido este martes la diputada de Hacienda y Finanzas, Itxaso Berrojalbiz.

Es bien sabido que el acceso a una vivienda digna a un precio asequible es, a día de hoy, una de las principales preocupaciones de la ciudadanía. La oferta de alquiler ha caído más de un 25% en el último año en Bizkaia mientras la demanda sigue creciendo: hay más de 56.000 vizcainos inscritos en Etxebide, el 80% en busca de una vivienda en régimen de alquiler. Todo ello ha disparado los precios hasta llevar a los hogares a tener que destinar el 47% de sus ingresos para ello.

Un mercado del alquiler en el que, según ha señalado Elkarrekin Bizkaia en el pleno de control de las Juntas Generales celebrado este jueves en Gernika, juega un "papel fundamental" los grandes tenedores de viviendas. "Quienes acumulan inmuebles tienen una mayor capacidad de influir tanto en el mercado como en los precios", ha apuntado su portavoz, Eneritz de Madariaga. "Esa concentración en pocas manos tensiona los precios, dificultando el acceso a la vivienda a la mayoría de la población". De ahí que la propia normativa establezca diferencias dependiendo del número de inmuebles a nombre de cada persona, "de cara a poder aplicar políticas públicas más justas y eficaces. No se puede tratar igual a quien necesita una vivienda para vivir que a quien las acumula como forma de inversión o negocio. Cuando la vivienda se convierte en un activo para especular es cuando el mercado se tensiona, los precios suben y el acceso se dificulta para la mayoría de la población".

Criterio diferenciador

En la última revisión fiscal se introdujeron medidas para facilitar el acceso a la vivienda pero también un criterio diferenciador en función del número de inmuebles en propiedad. "Quienes son titulares de más de cinco viviendas no pueden acogerse al tipo reducido del 4% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales", ha recordado De Madariaga.

Itxaso Berrojalbiz, durante su intervención en el pleno de control de las Juntas Generales de este miércoles JJGG

También hay diferencias en la aplicación de los índices de referencia en zonas tensionadas, ideados para evitar subidas abusivas en los alquileres: los grandes tenedores deben ajustar los nuevos contratos de alquiler a esos importes obligatoriamente. Sin embargo, Bizkaia no dispone de datos sobre quiénes son esos grandes propietarios.

Según ha explicado la diputada de Hacienda, identificarlos no es tan sencillo como, a priori, pudiera parecer. La regla general establece que son grandes tenedores los propietarios de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados; en zonas tensionadas de vivienda, basta con cinco o más para entrar en esa definición.

Catastro, principal referencia

La principal herramienta para determinar las titularidades en materia de vivienda es el catastro. Pero esa identificación, ha destacado Berrojalbiz, presenta "obstáculos" que la norma vigente aún no ha resuelto. "Es sumamente frecuente encontrar titulares que ostentan una pequeña cuota de participación en diversos inmuebles y la legislación actual no ha aclarado si deben computar como una unidad íntegra a la hora de alcanzar el umbral de cinco propiedades, si se suma la superficie...", ha citado a modo de ejemplo. Es por ello que "cual listado generado por el catastro carecería de rigor jurídico y sería una fuente de litigiosidad".

Una situación similar se plantea con los usufructos, ya que "no se ha aclarado si la condición de gran tenedor recae sobre el nuevo propietario, el que dispone del uso efectivo o sobre el concesionario que explota el bien", e incluso con las personas que viven en caseríos, "una realidad muy nuestra. Suelen tener más superficie que una vivienda convencional, pudiendo alcanzar con mayor facilidad los 1.500 metros cuadrados". Sin olvidar que el catastro del territorio solo incluye información sobre inmuebles situados en Bizkaia, "quedando fuera de nuestro control los titulares de los que se ubican en otros territorios o comunidades autónomas".

Contactos con el Gobierno vasco

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Por ello, la diputada ha defendido que es necesario fijar los criterios para definir qué es un gran tenedor, por lo que ya trabajan junto al Gobierno vasco para resolver todas estas cuestiones. "Tenemos que evitar la litigiosidad y hacer que esta ley se cumpla bien, sin problemas", ha abogado. Así, esperará a que sean "el consejero de Vivienda, Denis Itxaso y su equipo quienes definan los criterios y el desarrollo reglamentario de la ley del derecho a la vivienda. Lo que haremos nosotros es trabajar en colaboración con ellos para poder cumplir con lo que establece esa ley, con exquisito y riguroso cuidado de la protección al dato tributario", ha asegurado.

Bizkaia trabajará, ha añadido, "desde la unificación del criterio, la garantía de la seguridad en el tratamiento de los datos de carácter personal y la necesaria compatibilidad de sistemas informáticos heterogéneos", para tener la información suficiente para definir a los grandes tenedores.