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¿Tienes un vuelo desde Bilbao y se cancela por el precio del combustible?: estos son tus derechos

La Organización de Consumidores y Usuarios recuerda que los pasajeros que vayan a coger un vuelo no quedan desprotegidos en caso de cancelaciones de vuelos alegando el encarecimiento del combustible

¿Tienes un vuelo desde Bilbao y se cancela por el precio del combustible?: estos son tus derechosMarkel Fernández

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recordado en un comunicado que los pasajeros que vayan a coger un vuelo, como puede ser el caso de querer volar desde el aeropuerto de Bilbao, no quedan desprotegidos en caso de cancelaciones de vuelos alegando el encarecimiento del combustible. Recuerda que "el Reglamento (CE) 261/2004 ampara a los pasajeros siempre que el vuelo salga de un aeropuerto de la Unión Europea o llegue a él con una aerolínea comunitaria".

En concreto, ante una cancelación, la compañía aérea "está obligada" a ofrecer al pasajero a elegir entre el reembolso íntegro del billete o un transporte alternativo hasta el destino final. Además, durante el tiempo de espera, la OCU recuerda que el viajero tiene derecho a la correspondiente atención, que puede incluir comida, bebida, alojamiento y transporte entre el aeropuerto y el hotel cuando sea necesario.

Asimismo, puede existir derecho a una compensación económica adicional, cuyo importe varía en función de la distancia del vuelo, salvo que la aerolínea demuestre que concurre una de las excepciones legales previstas. En este sentido, la OCU subraya que la subida del precio del combustible no encaja, en principio, en el concepto de “circunstancia extraordinaria”, salvo si no hubiera podido evitarse incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.

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Viajes con escalas

Desde la Organización de Consumidores y Usuarios señalan que la situación cambia cuando se trata de viajes combinados. "En estos casos, la normativa permite cancelar el contrato y reembolsar íntegramente al consumidor sin compensación adicional si puede demostrar que no se alcanza el número mínimo de personas inscritas en los plazos legales o si concurren circunstancias inevitables y extraordinarias que impidan ejecutar el viaje y se comunique la cancelación sin demora indebida", explican. Por ello, la OCU aconseja a los viajeros que revisen con detenimiento las condiciones de su billete.