El Gobierno vasco ha decidido exonerar de manera extraordinaria y temporal del pago del alquiler y de los gastos de comunidad, hasta el mes de junio, a los inquilinos del parque público de alquiler protegido que se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica generada por la pandemia del coronavirus.

A través de una orden del consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, Iñaki Arriola, el Gobierno vasco se hará cargo del pago de los alquileres mediante el Fondo COVID-19 y para ello destinará un total de 2,5 millones de euros.

A esta medida se podrán acoger todas aquellas personas que se queden en paro como consecuencia de la crisis provocada por la emergencia sanitaria y los autónomos o empresarios que sufran una pérdida sustancial de los ingresos o una caída de las ventas igual o superior al 40 %.

Para considerar que se da la situación de vulnerabilidad económica, el importe de la renta que debe ser abonada más los gastos de comunidad tendrán que ser superiores al 30 % de los ingresos anuales de la persona o unidad convivencial arrendataria calculados con arreglo a la normativa sobre viviendas de protección oficial.

La exoneración se aplicará por meses completos a las rentas correspondientes a los meses de abril, mayo y junio de 2020 y el plazo para presentar las solicitudes concluirá el 31 de mayo próximo o, en su caso, un mes después de la finalización del estado de alarma.

Se deberán declarar de forma expresa en la solicitud los ingresos del conjunto de los miembros de la unidad familiar correspondientes a los meses de diciembre de 2019 y enero y febrero de 2020 y los relativos al mes en el que se presenta la solicitud.

Los trabajadores por cuenta ajena deberán indicar en su solicitud la empresa en la que trabajan, el sector de actividad económica que corresponde a dicha empresa y el día en el que se ha iniciado la situación de desempleo, mientras que los autónomos y empresarios tendrán que precisar en su declaración el sector económico en el que desempeñan su actividad.

El Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda contrastará de oficio con el de Trabajo y Justicia o con la autoridad laboral competente que la situación de desempleo de las personas trabajadoras por cuenta ajena trae causa de un expediente de regulación temporal de empleo o de otro tipo de expedientes de empleo, acordados con motivo de la crisis sanitaria.

Comprobará asimismo de oficio con la entidad gestora de las prestaciones por paro la fecha en la que se ha iniciado la situación de desempleo y la cuantía mensual percibida por este concepto.

Cuando se trate de autónomos o empresarios, el Gobierno vasco contrastará que el solicitante está efectivamente dado de alta en el sector de actividad indicado y que este se encuentra incluido en el listado de actividades cuya apertura al público queda suspendida por el estado de alarma.

Las medidas de exoneración podrán ser aplicadas por Visesa, la sociedad pública del Gobierno vasco, y por otros agentes públicos y privados titulares de viviendas y alojamientos dotacionales en la comunidad autónoma, que las tengan cedidas en alquiler bajo cualquiera de las fórmulas de protección vigentes.

En estos casos, el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda abonará a aquellas entidades que se hayan acogido a esta posibilidad las cantidades correspondientes a las rentas que acrediten haber exonerado