El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el incidente de nulidad presentado por la Abogacía del Estado contra la sentencia que anuló el nombramiento de la ex ministra socialista Magdalena Valerio como presidenta del Consejo de Estado por no cumplir el requisito de ser una jurista de reconocido prestigio, al considerar que durante el procedimiento judicial no se violó ninguno de sus derechos fundamentales.

Así consta en un auto donde, además, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS reprocha a la Abogacía del Estado que "no diga absolutamente nada sobre la cuestión de fondo", centrándose únicamente en si la Fundación Hay Derecho --que fue quien recurrió la designación de Valerio-- tenía legitimación para impugnar dicho nombramiento.

Cabe recordar que el Supremo ya rechazó el pasado enero el incidente de nulidad presentado por la propia Valerio. Entonces, los magistrados explicaron que en su día renunció a formar parte del caso, dejando su defensa en manos de la Abogacía del Estado, por lo que ahora no podía tenerse en cuenta su petición de nulidad.

Los incidentes de nulidad son acciones excepcionales basadas en la vulneración de derechos fundamentales durante el procedimiento judicial que rara vez prosperan. Además, constituyen el paso previo para acudir en amparo al Tribunal Constitucional (TC).   

NO ES UNA "JURISTA DE RECONOCIDO PRESTIGIO"

Fue el pasado 30 de noviembre cuando la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS anuló el nombramiento de Valerio estimando un recurso presentado por Hay Derecho al considerar que no cumple uno de los dos requisitos legales: el de ser "jurista de reconocido prestigio".

Los magistrados indicaron que la ley fija que quien ocupa este puesto debe ser "jurista de reconocido prestigio" y tener experiencia en asuntos de Estado, siendo necesarios ambos requisitos.

Sobre este segundo, afirmaron que no hay duda de que Valerio cumple, dada su "notoria y sobresaliente trayectoria" como ministra, diputada, consejera, teniente de alcalde y concejal, entre otras responsabilidades públicas.

No obstante, señalaron que esa "carrera funcionarial meritoria" no es suficiente para considerarla jurista de reconocido prestigio, algo que "solamente se gana con el tiempo, con una práctica prolongada gracias a la cual se mantiene y acrecienta el crédito obtenido".