LA frustración, la impotencia y el desasosiego rodean la lectura de la sentencia del TC, dictada por una mayoría de siete votos frente a cuatro de sus magistrados, que emiten un voto particular muy crítico con la decisión adoptada por sus compañeros, decisión judicial que deniega el amparo solicitado por Juan María Atutxa, Gorka Knörr y Kontxi Bibao, condenados por el Tribunal Supremo como autores de un delito de desobediencia frente a la absolución dictada en primera instancia por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. ¿Estamos ante una mera cuestión de diferente interpretación entre dos tribunales, el Tribunal Supremo frente al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco? ¿Todo se limita a una mera "divergencia jurídica" técnica entre ambos tribunales? No. Los propios miembros discrepantes dentro del TC (por cierto, y por su formación jurídica, los que más méritos poseen, los que más saben y controlan sobre el sentido del recurso de amparo planteado y ahora denegado) muestran su extrañeza ante el hecho de que se trate de plantear el caso con una mera cuestión jurídico-técnica de criterios divergentes entre dos órganos judiciales.
Es clara y diáfana la evidencia procesal y sustantiva de que los acusados solicitantes del amparo constitucional no vieron respetado su derecho a un proceso con todas las garantías (el Tribunal Supremo, que alteró la valoración de los hechos declarados probados por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, se negó a tomarles declaración para poder precisar cualquier extremo que permitiera conocer su versión y aclarar toda duda frente a los hechos indebidamente reenjuiciados por el propio Tribunal Supremo). Y pese a ello, la sentencia del TC deniega la protección a los condenados con argumentos endebles y nada creíbles ni jurídica ni socialmente. La cobertura que la mayoría del TC da a la sentencia condenatoria del Tribunal Supremo es un escándalo. Los magistrados del TC que respaldan la sentencia se permiten el desliz jurídico de emplear lecturas sesgadas y premeditadamente incompletas de la sentencia del tribunal vasco que absolvió a los acusados.
Ni ha habido imparcialidad, ni se ha respetado el principio de igualdad ante la ley, ni ha habido un juicio justo, ni se ha respetado la presunción de inocencia. Hasta el propio Ministerio Fiscal, garante y defensor de la legalidad y del interés público reconoció que la condena por parte del Tribunal Supremo carecía de la necesaria dosis de solidez, porque no cabe apreciar que concurriera en los acusados ni la voluntad ni el animus de querer incumplir el requerimiento recibido. Frente a ello, el TC se aferra al tecnicismo, hueco y formal, de la existencia de una discrepancia eminentemente jurídica, para negar así la evidencia de que los hechos probados en primera instancia fueron en realidad "reescritos", reelaborados por el Tribunal Supremo, excediéndose en sus funciones y haciéndolo además sin dar oportunidad a los acusados ni siquiera de ser oídos. Lo que ha ocurrido es que el Tribunal Supremo revisó y alteró de forma sobrevenida la base fáctica sobre la que descansaba la sentencia que en primera instancia les absolvió. Esto no es un mero cambio en la calificación jurídica. Es ir mucho más allá, condenando sobre la base de nuevos hechos que no pudieron ser contrastados con los acusados porque se les denegó la oportunidad de defenderse ante el nuevo relato de los hechos. ¿Cómo puede entenderse que este comportamiento judicial sea acorde a la Constitución?
Basta leer con atención el voto discrepante de los cuatro miembros del Tribunal Constitucional que no comparten la decisión de los restantes integrantes del mismo para comprobar la derivada política de esta injusta, infundada e incalificable decisión judicial. En ese voto discrepante se afirma que la sentencia de los restantes miembros del TC se construye con evidente alteración, por omisión de información, del contenido de los fundamentos jurídicos de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Se afirma también (y que el lector juzgue el nivel de escándalo que esto supone) que el propio TC atribuye a la citada sentencia absolutoria del tribunal vasco "apreciaciones que en absoluto se recogen en ella". Y que "resulta claramente incorrecto que se presente una versión recortada de la resolución absolutoria". Afirma además que el tribunal vasco tuvo muy claro en qué consiste el delito de desobediencia: es decir, que el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco estaban hablando de la misma cosa. Lo que ha habido dentro del TC, en palabras de sus propios miembros discrepantes, es "un notable sesgo en la presentación de los términos del debate". No hay, en definitiva, "soporte argumental constitucionalmente admisible" en la sentencia del Tribunal Supremo.
Tanto desatino, tanta falta de respeto a los derechos de personas que como Juan María Atutxa, Gorka Knönr y Kontxi Bibao defendían, desde el respeto a la legalidad, la dignidad de nuestra institución parlamentaria vasca solo puede ser ahora defendido ante la Corte de Estrasburgo. Que se haga justicia, por favor. Justicia, no desviados juicios políticos como el ahora resuelto en falso.