El Atlético de Madrid fue sancionado la temporada pasada con el cierre parcial del Metropolitano durante dos partidos, por el grito de un espectador imitando el sonido de un mono, dirigido al jugador del Athletic Nico Williams, pero no cumplió la sanción ya que el Comité de Apelación exculpó al club por su “falta de responsabilidad”.
Los hechos ocurrieron en el encuentro de la jornada 33, el 27 de abril, cuando Nico denunció haber recibido un insulto racista, en el momento de lanzar un córner, y el árbitro Juan Martínez Munuera paró el choque unos instantes. Se emitió un mensaje por megafonía contra los “cánticos ofensivos” y el partido se reanudó hasta el final (3-1) sin interrupciones.
Tras el reflejo en el acta del incidente, la primera instancia disciplinaria de la Federación Española de Fútbol, sancionó al Atlético con el cierre parcial de su estadio por dos partidos y una multa de 20.000 euros. El club recurrió la sanción y el 9 de mayo Apelación estimó su reclamación y la anuló. El Atlético argumentó su falta de responsabilidad en el incidente, tras haber adoptado todas las medidas de prevención requeridas y el hecho de que el responsable del cántico fue localizado por las cámaras del estadio, monitorizadas desde la UCO, que fue identificado y propuesto para sanción por la Policía Nacional.
Apelación consideró que el Atlético había “desplegado, tanto desde el punto de vista de la prevención como de la reacción, medidas que acreditan un comportamiento de la máxima diligencia posible, sin que quepa apreciar la existencia de otras medidas que pudieran haber sido adoptadas para evitar tales hechos o mitigar su gravedad”. Para el Comité, “el club actuó con la mayor de las diligencias, concurriendo el supuesto de exoneración de responsabilidad previsto en el artículo 15 del Código Disciplinario”.
La temporada pasada también el Getafe fue sancionado con clausura parcial de su estadio tres partidos y una multa de 27.000 euros por los insultos racistas de sus aficionados la última jornada contra el Sevilla. Entonces se aplicó el protocolo antirracismo en el minuto 68, tras los insultos hacia Marcos Acuña, a quien llamaron “mono”, y posteriormente al técnico Quique Sánchez Flores, al que dijeron “gitano”. Disciplina sancionó al club en aplicación del artículo 51.7 del Código disciplinario por la comisión de infracciones muy graves.
Dicho Comité tendrá que pronunciarse sobre lo ocurrido en el Atlético de Madrid-Real Madrid (1-1), que fue suspendido durante 17 minutos, en el 67, por el lanzamiento de tres mecheros y una botella de agua, en la zona donde estaba Thibaut Courtois, sin que ninguno llegara a impactarle. Los lanzamientos empezaron el minuto 64, tras el gol del Madrid (0-1) y las celebraciones del mismo por parte del portero. El encuentro se interrumpió tras la activación del protocolo de lanzamiento de objetos, con la emisión por la megafonía del mensaje para que cesara el mismo, y ante la repetición del lanzamiento se suspendió. Por de pronto, el Atlético expulsó ayer de forma permanente a uno de los autores de los lanzamientos.
El Código tipifica la responsabilidad de los clubes (artículo 15), así como las provocaciones al público. “Provocar la animosidad del público obteniendo tal propósito, salvo que, por producirse, como consecuencia, incidentes graves, la infracción fuere constitutiva de mayor entidad, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos”, indica el artículo 98.