El matrimonio puede ser uno de los momentos más importantes en la vida de cualquier pareja y no solo por lo simbólico y lo sentimental. Y es que, en la preparación de una boda, se suele invertir mucho tiempo, esfuerzo y, sobre todo, dinero. La preocupación de los novios va desde los pequeños detalles hasta el último trago que se servirá ese día.
Es una celebración bonita que sella un compromiso personal entre dos personas, ya que se trata de un contrato de importancia que afecta a la vida de los cónyuges en muchos aspectos. Uno de ellos es definir desde el inicio bajo qué régimen económico se casarán.
Desde el punto de vista legal, el matrimonio es un contrato, y como tal está sometido a un régimen en el que se comparten derechos. Por eso, tener claro el régimen evita sorpresas desagradables en el futuro, en caso de una separación o un divorcio.
Separación de bienes o gananciales
Existe, por un lado, el llamado régimen de bienes gananciales. Es decir, todos los bienes que obtenga la pareja pasarán a ser comunes una vez establecido el matrimonio y, por tanto, en caso de divorcio serán repartidos a partes iguales entre ambos miembros de la pareja. Este régimen se aplica en casi todas las comunidades autónomas, a excepción de Catalunya y Baleares.
En el caso de separación de la bienes, consiste en realizar una división entre el patrimonio de uno y otro. Las parejas que optan por este acuerdo mantienen su autonomía patrimonial y disponen de sus bienes de manera individual. En sí, para acogerse a este acuerdo es necesario elaborar las capitulaciones matrimoniales, un documento legal que se realiza ante notario y se inscribe en el Registro Civil.
Por regla general, los expertos aconsejan firmar en separación de bienes, pero cada pareja debe elegir la opción que mejor se adapte a sus circunstancias.
Cuáles son las diferencias
El régimen de bienes gananciales incluye tanto el dinero que cada cónyuge gana como los bienes que adquieren durante el matrimonio. Así, la venta de cualquier bien deben hacerla de mutuo acuerdo o con consentimiento. Además, los únicos bienes que quedarán excluidos serán los aquellos privativos; es decir, los heredados o percibidos por donación. Esta opción se suele recomendar a los matrimonios en los que una de las partes renuncia a su carrera profesional o a su trabajo para dedicarse al cuidado de la casa o de los hijos.
Por su parte, el régimen de separación de bienes establece que cada persona es dueño de sus ingresos, así como lo que genera, tal y como sucedía antes del matrimonio.
La mayoría conoce los ingresos del otro
Lo más habitual es que en la mayoría de las parejas, si existe una buena sintonía entre ellos, cada uno de los miembros conozca los ingresos del otro. Sin embargo, el problema puede surgir a la hora de decidir cómo gestionar el dinero.
Según los expertos, una fórmula muy eficaz para evitar inconvenientes es que cada uno tenga su propia cuenta corriente para sus gastos personales y que posean una tercera cuenta en común para los proyectos compartidos, como puede ser el pago de la hipoteca, de los viajes o la compra de un coche.