Este miércoles arranca la campaña de la Renta correspondiente a 2025, la primera tras la revisión fiscal aprobada hace poco más de un año. Ante el inicio de esta cita con el fisco, el Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia vuelve a resolver algunas de las dudas más habituales entre los contribuyentes, como la obligación —o no— de presentar la declaración en el caso de una persona fallecida, por ejemplo, el cónyuge.
En este caso, la Hacienda vizcaina recuerda que el fallecimiento del cónyuge no exime de la obligación de realizar el trámite de la renta. La obligación recae sobre los herederos del finado, quienes tendrán que declarar las rentas obtenidas desde el 1 de enero de 2025 hasta la fecha de su fallecimiento.
Para realizar la presentación, el viudo o la viuda no deberá realizar ningún trámite adicional, ya que el fisco los considera como representantes de la persona fallecida y, por tanto, podrá acceder directamente a la declaración.
Novedades de esta campaña
La campaña de Renta que arranca este miércoles incorpora por primera vez doce nuevas deducciones recogidas en la última revisión fiscal y que están centradas en cuatro bloques principales: vivienda, familia, conciliación e igualdad.
Otra de las novedades de este año: no tendrán la obligación de presentar declaración los 180.000 contribuyentes que ingresan menos de 20.000 euros anuales, salvo si el hacerlo les beneficia económicamente.