La regularización favorecerá a 250.000 solicitantes de asilo y 250.000 en situación irregular
El Gobierno español estima que latinoamericanos y marroquíes serán los principales beneficiarios
El Gobierno español estima que se beneficiarán de la regularización extraordinaria 250.000 solicitantes de asilo y 250.000 que se encuentran en situación irregular, que lo harán a través de arraigos, según han asegurado fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que dará comienzo al proceso de regularización administrativa extraordinaria para personas migrantes que residen en el Estado español. La norma se publicará en el Boletín Oficial del Estado este miércoles 15 de abril, y entrará en vigor al día siguiente de su publicación, este jueves 16, cuando se podrán presentar las primeras solicitudes por vía telemática. La vía presencial estará disponible, con cita previa, desde el 20 de abril.
El Gobierno español aprueba la regularización de migrantes que exige carecer de antecedentes
Según cálculos del departamento que dirige Elma Saiz, la mitad de beneficiarios de la regularización serían aproximadamente 250.000 personas que han iniciado su procedimiento de protección internacional y no han visto su procedimiento resuelto y la otra mitad, 250.000 también, por arraigos teniendo en cuenta datos de ritmos de arraigos años anteriores.
Gran número de expedientes
Medio millón es la cifra de personas que estima el Ministerio que se verán beneficiadas por la regularización. No obstante, reconoce que el número de expedientes para tramitar sea mucho mayor, aunque afirma estar preparado para hacerle frente.
En cuanto al origen de las personas que se beneficiarán de la regularización, las mismas fuentes señalan que los extranjeros serán principalmente de países latinoamericanos y de Marruecos.
Este Real Decreto habilita el procedimiento para que aquellas personas que se encuentran en situación administrativa irregular en el Estado españoly las personas solicitantes de protección internacional puedan acceder a una autorización de residencia y trabajo legal siempre que cumplan los requisitos. Este permiso tendrá una vigencia inicial de un año.
Cinco meses al menos
Para ello, tendrán que acreditar encontrarse en el Estado desde antes del 1 de enero de 2026 y haber permanecido en España de forma ininterrumpida al menos cinco meses antes del momento de presentación de la solicitud. Además, será requisito imprescindible carecer de antecedentes penales y no suponer una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública.
Precisamente, sobre los antecedentes, las fuentes exponen que si el interesado no ha conseguido el informe de acreditación de ausencia de antecedentes penales, podrá pedir al Ministerio de la Presidencia y Justicia con las Cortes que lo pida por la vía diplomática durante un periodo de tres meses. Si después de ese plazo no ha llegado, el interesado dispondrá de 15 días para intentar obtenerlo por su cuenta.
Número personal de Seguridad Social
La comunicación del inicio del procedimiento administrativo habilita automáticamente para trabajar en todo el territorio español y en cualquier sector de actividad. Se dotará de un número personal de Seguridad Social a la persona solicitante. En el plazo de un mes desde que haya recibido la resolución favorable definitiva el beneficiario deberá presentar su solicitud para obtener la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE).
Para justificar la estancia en el Estado español, tanto los solicitantes de protección internacional como las personas en situación administrativa irregular podrán presentar documentos públicos o privados o una combinación de ambos que contengan datos personales que puedan acreditar su identidad y que estén fechados.
Claves de la regularización de migrantes: requisitos, plazos y cómo solicitarla
Trabajo, familia o vulnerabilidad
Las personas en situación administrativa irregular deberán acreditar, además, uno de los siguientes tres supuestos: haber trabajado con contrato legal por cuenta ajena o propia en España; contar con una unidad familiar compuesta por hijos menores de edad, mayores con discapacidad o ascendientes de primer grado; o acreditar su situación de vulnerabilidad.
Para esto último, podrán descargar un certificado de vulnerabilidad alojado en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Para su presentación, este documento deberá estar acreditado y sellado por las autoridades competentes, bien las Entidades inscritas en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería (RECEX) o los servicios sociales.
Procedentes del conflicto de Ucrania
Por otro lado, el proceso extraordinario no está pensado para aquellas personas procedentes del conflicto en Ucrania que tengan una autorización de residencia en vigor o que cuenten con una autorización de protección internacional temporal. Desde el Ministerio subrayan que estas contarán con un procedimiento separado de la regularización, por diferentes vías de presentación y sin plazo limite para sus solicitudes.
De igual manera, no es un proceso dirigido a las personas apátridas, ya que las mismas fuentes defienden que este colectivo cuenta con un régimen y procedimiento propios que reconoce sus derechos.
Temas
Más en Sociedad
-
El Gobierno Vasco inicia el programa de sensibilización en Seguridad Vial para mayores de 65 años
-
Luz verde a la oficina para indemnizar a víctimas de abusos de la Iglesia
-
Las primeras pruebas de la OPE de Osakidetza ya tienen fecha y hora
-
Igualdad confirma el asesinato machista de una mujer a manos de su expareja en Córdoba