El Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno vasco ha decidido continuar con el procedimiento administrativo abierto en febrero en relación al calendario laboral de 2024 "teniendo en cuenta las alegaciones recibidas" a su propuesta para el establecimiento del 8 de marzo como jornada festiva.

Asimismo, ha anunciado que "tomará en consideración para el siguiente año" la propuesta de Emakunde de declarar festivo el 5 de noviembre "cuando culmine el contraste de la alternativa que propone" el Instituto Vasco de la Mujer.

La Comisión Consultiva de Emakunde ha ratificado este viernes su propuesta para que el 5 de noviembre, día en el que en 1933 las mujeres vascas votaron por primera vez en la historia, sea declarado como 'festivo feminista' en 2024.

El Instituto Vasco de la Mujer ha descartado así otras fechas posibles, como el 8 de marzo, propuesto por la consejera de Trabajo, Idoia Mendia, como jornada festiva para el próximo año, al considerar que declarar festiva esa jornada "podría frenar -más que impulsar- los objetivos feministas".

Unas horas después de la decisión dada a conocer por Emakunde, la Dirección de Trabajo del Gobierno vasco ha anunciado, a través de un comunicado, que ha optado por "continuar con el procedimiento administrativo abierto en febrero en relación al calendario laboral de 2024, teniendo en cuenta las alegaciones recibidas a la propuesta realizada a las instituciones y entidades concernidas". 

OTROS "NO HAN PUESTO OBJECIONES"

El Departamento de Trabajo ha recordado que en la propuesta se incluía el establecimiento del 8 de marzo como festivo para 2024, y ha lamentado que Emakunde se haya opuesto a esta posibilidad, "frente a otras instituciones que no han puesto objeciones".

Desde el departamento dirigido por Idoia Mendia se ha añadido que "con la recepción del informe del Instituto Vasco de la Mujer, que se suma a los emitidos por el Consejo Vasco de Relaciones Laborales y el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, la Dirección de Trabajo cumple el mandato del Parlamento Vasco del 2 de marzo de 2023, que instaba al Gobierno a 'abordar un proceso de reflexión, junto con Emakunde y los agentes sociales, para la designación de efemérides feministas en el calendario laboral de 2024'".  

"NO VINCULANTE"

Trabajo y Empleo ha indicado que "de ese contraste surgen opiniones diferentes que, en cualquier caso, no son vinculantes, por lo que se procederá a la elaboración del proyecto de decreto que será resuelto por el Consejo de Gobierno".

En relación a la propuesta del 8 de marzo, ha afirmado que el informe remitido por Emakunde señala que descarta entrar a valorar siquiera ese día porque "pudiera considerarse que la fecha propuesta es arriesgada porque pudiera llegar a detener más que impulsar la consecución de estos propósitos, disgregar más que aunar esfuerzos".

Además, considera que esta reflexión "denota una posición no concluyente al respecto". Asimismo --añade-- Emakunde "plantea una serie de fechas alternativas, sugeridas desde una consultoría técnica contratada al efecto, que no son objeto del proceso administrativo abierto por el Departamento".

Desde esta área del Gobierno Vasco se ha añadido que en el informe del Instituto Vasco de la Mujer se afirma, en referencia a la propuesta del propio departamento, que "es una primera aproximación, ya que se trata de un proceso incompleto, vivo y, por supuesto, ampliable, recomendando un trabajo futuro de investigación histórica sobre la genealogía vasca".

La consejería de Mendia ha manifestado que "existen alegaciones que no objetan el 8 de marzo". Además, en el caso de Emakunde, ha lamentado que este organismo "ha tomado la decisión de descartar esa fecha sin argumentarlo", en un informe en el que "reconoce además que no es completa la reflexión con las asociaciones feministas".

Por todo ello, la Dirección de Trabajo ha optado por "proseguir por los cauces internos, como es habitual, y con el procedimiento abierto, y elevar al Consejo de Gobierno el proyecto de decreto" de calendario laboral de 2024.  

PROCEDIMIENTO Y REGULACIÓN

El Departamento de Trabajo y Empleo ha recordado que el procedimiento de elaboración del calendario laboral está previsto en el artículo 45 del real decreto que regula las jornadas de trabajo, jornadas especiales y descansos.

En este sentido, ha informado de que en los dos últimos años, el proceso administrativo del calendario laboral se inició el 27 de enero, para el calendario de 2022; y el 7 de febrero, para el de 2023. Además, ha indicado que el decreto correspondiente se publicó el 20 de mayo y el 31 de mayo, respectivamente.

Una vez que se publica el decreto en el Boletín Oficial del País Vasco, se inician un procedimiento nuevo para la determinación de las dos fiestas locales. Para ello, se recaba la información de todos los municipios y, en el caso de Euskadi de las diputaciones, con el fin de determinar la fiesta del territorio y de cada municipio.

Recabada la información, las delegaciones provinciales dictan una resolución, que se publica en los boletines oficiales provinciales a mediados de septiembre. Trabajo y Empleo ha indicado que en los dos años anteriores esto se hizo el 15 de septiembre y el 27 de septiembre, "es decir en el límite de tiempo para que Euskadi remitiera las fiestas locales al Ministerio según la normativa vigente; esto es, unos ocho meses desde el inicio del proceso".

El departamento ha añadido que las fechas que deben figurar en ese calendario laboral, y aquellas sobre las que las comunidades autónomas pueden tomar decisiones, están recogidas en el artículo 45.1, 2 y 3 del real decreto.

En el caso de que se proponga una fecha alternativa a alguna de ellas en los términos previstos --añade el comunicado-- esta "debe haber sido incluida en el proceso administrativo, que no empieza más tarde de febrero para cumplir los plazos". "Esto ocurrió en los precedentes inmediatos que tenemos, la fiesta de Elkano, y el 80º aniversario del Gobierno vasco", ha manifestado.

El Departamento de Trabajo ha afirmado que "teniendo en cuenta todos estos precedentes, la decisión de la Dirección de Trabajo es no interrumpir el proceso administrativo".

"Introducir cualquier otra festividad no propuesta al inicio supondría abrir un nuevo periodo de consultas a las entidades que siempre son consultadas (CRL, Diputaciones, Eudel, Consejo Superior de Cooperativas y Secretariado Diocesano), lo que impediría cumplir con el plazo del 30 de septiembre (...), con el [consiguiente] retraso para que las empresas y los trabajadores planifiquen sus jornadas del año siguiente", ha añadido.