Kontsumobide ha pedido "extremar la precaución antes de contratar servicios o cambiar de operador de telefonía tras detectar nuevas "prácticas comerciales agresivas" mediante llamadas que pueden poner al consumidor, "bajo engaño, en situación de indefensión" y en las que se suplanta a su actual compañía y dicen hablar en su nombre.

El Instituto Vasco de Consumo ha informado, en un comunicado, que ha recibido reclamaciones sobre esta estrategia de captación comercial, que se inician con una primera llamada "aparentemente" desde la actual compañía contratada por el consumidor, en la que se le informa de "un aumento de tarifa, un cambio de condiciones o se le apremia para aceptarla o no".

Kontsumobide ha recordado que, incluso en ocasiones, en ese primer contacto telefónico "se han utilizado, alternativamente, referencias a entidades de consumo como aval para una supuesta mediación".

A continuación se produce una segunda llamada de forma casi inmediata, donde se le ofrecen "los mismos servicios que se tenían contratados con la compañía original, pero ligeramente más baratos".

Ante una situación de éstas, "la primera precaución es cerciorarse de la primera llamada", por lo que Kontsumobide aconseja que, "ante una llamada de estas características, anunciando subidas o cambios de condiciones, el afectado contacte con su compañía, pero no al número desde el que se ha recibido la llamada, para comprobar que esto es cierto".

Kontsumobide ha remarcado que se debe "tener en cuenta que cualquier cambio de condición en el contrato, incluida la subida del precio, debe ser comunicada a la persona consumidora con 30 días de antelación, y esto se realiza, generalmente, por escrito y junto con la factura o en la misma factura", por lo que recomienda "guardar siempre las últimas facturas".

También se recomienda que "antes de aceptar cualquier cambio, el consumidor debe comprobar las condiciones del contrato vigente con su compañía actual y las condiciones que le ofrece la nueva compañía".

Si el consumidor, prosiguen las recomendaciones del organismo vasco de consumo, piensa que "su compañía le ha cambiado las condiciones, decide aceptar la oferta recibida a través de la segunda llamada y cambia de compañía, debe prestar atención a las condiciones de ese nuevo contrato y a la existencia de periodos de permanencia, ya que si, con posterioridad, se decide a rescindir el contrato, pueden surgir penalizaciones económicas".

A partir de ahí, la aceptación del nuevo contrato "da inicio a una serie de actuaciones por parte de la nueva compañía que se pondrá en contacto con la primera compañía para rescindir el contrato en vigor".

El problema surge, ha alertado Kontsumobide, porque "la persona consumidora rescinde el contrato bajo engaño, pensando que le han cambiado las condiciones, que era el motivo admitido de rescisión, cuando, en realidad, no ha sido así, por lo que la compañía con la que tenía inicialmente el contrato podrá aplicar las penalizaciones que procedan".

Kontsumobide ha informado que, tras recibir varias quejas sobre estas prácticas comerciales, "se pondrá en contacto con las compañías afectadas, al tiempo que procederá según la normativa vigente".