BILBAO. Según ha informado el sindicato, aunque cabe la posibilidad de recurso contra esta sentencia, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) "ya ratifico sentencias similares en otras dos ocasiones previas". CCOO ha destacado que esta medida "podría suponer al menos unas 24 horas al año por cada trabajadora destinadas a la prevención de riesgos".
En este caso, ha afirmado, "una sentencia de este tipo es más importante aún, pues este centro ha padecido ya dos brotes de sarna en los últimos meses".
Esta vez la sentencia beneficia a 114 trabajadoras de la residencia Sanitas de Barakaldo, pertenecientes a los colectivos de enfermería, supervisoras, fisioterapeutas, médicas, gerocultoras, coordinadoras, trabajadoras sociales, terapeutas ocupacionales y limpiadoras.
Tomando como base la evaluación de riesgos del centro, el Juzgado dictamina que "para evitar riesgos biológicos, el personal antes citado debe contar con diez minutos para su aseo personal y que estos deben computarse como tiempo efectivo de trabajo", ha explicado CCOO.
CUATRO RESIDENCIAS
El sindicato ha indicado que son ya cuatro las residencias en las que ha conseguido sentencias similares a esta, en las que, además, de este tiempo para el aseo, "se establecen otras medidas para la prevención de riesgos como las dobles taquillas, una para la ropa de calle y otra para la ropa de trabajo, así como el derecho de la plantilla a que su ropa de trabajo se lavada en la propia residencia".
CCOO ha recordado la importancia de la elaboración de "una buena valuación de riesgos en los centros de trabajo, puesto que son el punto de partida para obtener sentencias como estas y poder proteger a todo el colectivo de trabajadoras del centro".
Del mismo modo, el sindicato ha instado a las patronales del sector a "no seguir demorando estas medidas de protección y no hacer sufrir riesgos innecesarios a sus plantillas ni un segundo más".