El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) admitió ayer a trámite con una mayoría de ocho votos y la postura en contra de cuatro magistrados del sector progresista los recursos presentados por el PP y Ciudadanos contra el acuerdo de la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, relativo a las fórmulas de acatamiento utilizadas por algunos diputados durante la sesión constitutiva del Congreso de los Diputados en la anterior legislatura, el 21 de mayo de 2019.

La presidenta de la Cámara dio en su momento por válidos los juramentos emitidos por determinados diputados y senadores -pertenecientes a grupos como ERC, EH Bildu, Junts, la CUP o Unidas Podemos- que han sido cuestionados por los recurrentes.

Los magistrados discrepantes, que optaban por una inadmisión de plano de este asunto, han sido los magistrados María Luisa Balaguer, Cándido Conde-Pumpido, Juan Antonio Xiol y Fernando Valdés, según señalaron fuentes del tribunal.

Sin embargo, la mayoría aprecia que en los recursos concurre una especial trascendencia constitucional porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto y pudiera tener unas consecuencias políticas generales, lo que implicará la necesidad de aclarar la doctrina ya existente en este órgano.

El asunto, que pese ha centarse en la mera tramitación o no del asunto ha motivado una fuerte división de este órgano, iba a ser resuelto en principio por la Sala Primera del tribunal, aunque finalmente fue a Pleno por decisión de un grupo de magistrados del sector conservador del TC.

La discusión sobre si son legales los acatamientos poco ortodoxos formulados por algunos parlamentarios a la hora de asumir su escaño, que ha llegado ahora al TC no es nueva para este órgano, que en octubre de 2017 rechazó un recurso presentado por el PP contra la negativa de varios parlamentarios vascos a jurar la constitución.

En dicha ocasión dictaminó que “no cualquier acto parlamentario que infrinja la legalidad” parlamentario resulta lesivo del derecho fundamental” que se invocaba, por lo que inadmitió el recurso del PP, según la providencia dictada en su momento.

Según dicha providencia, la decisión adoptada en su día por la Mesa de Edad del Parlamento del País Vasco, del 21 de octubre de 2016, que aceptó que los diputados nacionalistas obviaran el trámite de acatar la Constitución, “no lesionó el derecho del resto de parlamentarios a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos en relación con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes”.

Los parlamentarios que fueron elegidos en los últimos comicios generales juraron o prometieron la Constitución el pasado mes de diciembre sin que el tribunal de garantías hubiera resuelto aún sobre la validez de las distintas fórmulas de acatamiento utilizadas por algunos diputados. El asunto podría comenzar a estudiarse ahora.

Los añadidos a la fórmula original volvieron a repetirse en los plenos constitutivos del periodo parlamentario vigente, aunque en esta última ocasión fue Vox la que presentó recurso contra las fórmulas empleadas contra un total 29 diputados. Por el momento el recurso de Vox no está aún sobre la mesa.

La XIII legislatura, que apenas duró cinco meses y desembocó en repetición electoral, tuvo un bronco arranque puesto que diversos diputados acataron la Carta Magna añadiendo a los habituales “sí juro” o “sí prometo” distintas coletillas. “Por la democracia y los derechos sociales”, apuntaron algunos diputados de Unidas Podemos. “Por España”, dijo el presidente de Vox, Santiago Abascal. También se escucharon los acatamientos “por imperativo legal” por parte de diputados del PNV o EH Bildu, o proclamas independentistas de los representantes de Esquerra o Junts.

Sobre estos últimos, en la sesión constitutiva del 21 de mayo de 2019, los diputados de Esquerra y Junts, entre los que se encontraban el presidente de ERC, Oriol Junqueras, y los otros tres presos del procés de Junts, prometieron la Constitución por imperativo legal y lo hicieron, además, “con lealtad” al mandato del referéndum del 1 de octubre de 2017.