El juez Peinado cierra la instrucción sobre Begoña Gómez: la envía a juicio ante un jurado popular por cuatro delitos
Procesa a la esposa del presidente español por los delitos de malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida de marca
El juez Juan Caros Peinado ha dado por cerrada la instrucción de la causa y ha procesado a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno español, por delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación de caudales públicos y apropiación indebida.
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Según un auto, el juez concede un plazo de cinco días a todas las partes personadas para que "insten lo que consideren oportuno respecto de la apertura del juicio oral, formulando el correspondiente escrito de conclusiones provisionales".
Peinado decide archivar el presunto delito de intrusismo profesional "al no haber más que un indicio endeble, no habiendo indicios plurales y sólidos". El instructor, que rechaza prorrogar la instrucción, descarta además que se aporte la vida laboral de Gómez o la actualización de los salarios percibidos por Cristina Álvarez, su asesora en el Palacio de la Moncloa, a la que también procesa, al igual que al empresario Juan Carlos Barrabés, los tres investigados en la causa.
Begoña Gómez y la Fiscalía piden al juez Peinado que archive el caso
Delitos e indicios
Peinado encuentra indicios suficientes para procesar a Gómez por tráfico de influencias para conseguir una cátedra en la Universidad Complutense en un auto en el que afirma que no encuentra un supuesto similar en democracia.
"Pues las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado, lo que obliga a tratar de analizar (quizás hubiera que remontarse al reinado de Fernando VII) este tipo desde la perspectiva de una interpretación teleológica y hermenéutica de los citados artículos 428 y 429 del Código Penal", afirma.
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