Una jueza avala los días libres por antigüedad en la Ertzaintza
Estima el recurso de ErNE contra la resolución de Seguridad que deniega las libranzas adicionales
Bilbao - El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Bilbao ha abierto la vía para que los agentes de la Ertzaintza puedan disfrutar de las vacaciones adicionales que les corresponden en función de su antigüedad, una posibilidad que el Departamento de Seguridad les había denegado en cumplimiento del real decreto ley (RDL) 20/2012 del Gobierno español que entró en vigor el 15 de julio de 2012, y que el propio Gobierno vasco ha recurrido ante el Tribunal Constitucional por invasión de competencias. Y es que la titular del juzgado ha admitido parcialmente el recurso del sindicato ErNE contra la resolución de la consejería que inadmitía la reclamación de días de permiso por años de trabajo de los ertzainas correspondientes a 2013. De este modo, los agentes podrán disfrutar de los días acumulados hasta la entrada en vigor del decreto ley, no así de los que computen a partir de esa fecha.
El auto judicial fechado el pasado jueves, contra el que no cabe recurso, afecta a 1.240 afiliados de ErNE, y continúa la senda abierta por la misma magistrada en una resolución emitida hace medio año en respuesta a la demanda de diez ertzainas por la misma causa. El Gobierno vasco recurrió ese primer fallo ante el TSJPV y el Tribunal Supremo, pero fue rechazado e inadmitido, respectivamente. En el auto dictado esta semana, la jueza argumenta que el decreto ley del Gobierno del PP “no puede aplicarse con carácter retroactivo”, ya que la propia norma explica que el disfrute de estos días adicionales será “conforme a la normativa vigente hasta la entrada en vigor de este decreto ley”.
Considera además que esas jornadas fruto de “toda una carrera administrativa” participan de la “naturaleza propia del derecho al descanso”, por lo que están avaladas por el “ordenamiento internacional”. En este punto, cita la Carta Social Europea, la Carta Comunitaria de Derechos Fundamentales de los Trabajadores y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Las mismas “reafirman el derecho a las vacaciones anuales retribuidas como un principio del derecho social comunitario a fin de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, y frente al que no es admisible ningún tipo de excepción o de interpretación restrictiva”.
Suspensión Según el auto del día 27, el Departamento de Seguridad había pedido la suspensión del proceso por una “cuestión de inconstitucionalidad”, ya que el TC aún debe pronunciarse sobre el recurso interpuesto por el Gobierno vasco contra el decreto ley que está en el origen del conflicto. Sin embargo, la magistrada considera que ambas cuestiones no colisionan, ya que “el objeto del presente proceso es resolver controversias interpretativas sobre el alcance del RDL 20/2012”, no así “determinar lo ajustado de dicho RDL a la Constitución”. Fuentes de la consejería consultadas por DEIA prefirieron esperar a tener el auto para emitir una opinión. Desde ErNE destacaban su importancia porque, a su juicio, abre la puerta a que casi 6.000 er-tzainas con un promedio de tres días libres por antigüedad disfruten de 18.000 días. Además, según la central, esta resolución será aplicable a 50.000 funcionarios de la CAV.
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