ADEMÁS de la Marcha alla Turca, compuesta por W. A. Mozart, en estos días también suena la melodía del peligro que supone la disonancia política de quienes no se atienen a la armonía de lo políticamente correcto en España.

Hace unos días, cuatro eurodiputados de CIU, PSC, ICV y BNG (este ultimo representante también de ERC en el Parlamento Europeo), enviaron una carta a la comisaria de Justicia, Viviane Reding, en la que le solicitaban la evaluación del riesgo de intervención militar en Cataluña por parte de España. Los eurodiputados citan, entre otros, al coronel Francisco Alamán Castro, que pronunció lo siguiente: "¿La independencia de Cataluña? Por encima de mi cadáver y el de muchos. Los militares hicimos un juramento sagrado: cumplir el ordenamiento constitucional que consagra la unidad de España como principio irrenunciable. También juramos defender su integridad territorial hasta con nuestras propias vidas".

Bien. La gravedad de estas palabras nos obliga a plantearnos la pregunta de si esto es una simple bravata de un militar anticuado y si es un desatino que no tiene cabida en el sistema jurídico-político español. Para responder a estos interrogantes, debemos retroceder hasta el periodo constituyente de 1977-1978, en el que los miembros de la ponencia constitucional aceptaron introducir el siguiente artículo en la Constitución española:

Artículo 8º: "Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional".

En relación a este precepto, Miguel Herrero Rodríguez de Miñón, en su libro Memorias de Estío, cuenta cómo él mismo llevo a la ponencia constitucional este artículo. Sorprende cómo al principio, los ponentes se opusieron a la redacción de este artículo, hasta que Herrero sacó de un sobre un documento en el que se advertía el título de "Alto Estado Mayor". En ese momento, el artículo pasó a formar parte del cuerpo constitucional. Más adelante, el socialista Enrique Múgica Herzog resumió lacónicamente la razón por la que aquellos hombres demócratas aceptaron el artículo: "Era la condición de tener una Constitución". Así es el relato histórico de cómo los constituyentes aceptaron esta democracia a la turca en la que los verdaderos garantes del orden constitucional son, en última instancia, los militares.

Es decir, que ellos son, no ya ante un ataque de una fuerza extranjera, sino ante el supuesto de que alguna comunidad del Estado decida voluntariamente ejercer su derecho a la libre determinación, los que deben garantizar la unidad constitucional. Ni el gobierno, ni el rey, ni la cúpula del Ceseden.

A mayor abundamiento, al repasar las actas de la tramitación parlamentaria de la ponencia constitucional, me he encontrado con que no sólo los militares fueron los artífices de este dislate constitucional. El poder civil, procedente tanto de la izquierda como del franquismo, lo justificó en su día y también posteriormente. Así, en las actas de aquel periodo, en las que recogen la tramitación de las enmiendas al artículo 8º, podemos leer a Fraga Iribarme (enmienda 35) diciendo que "nosotros estimamos que el artículo 8º es un artículo de los más importantes de la Constitución", o al socialista Múgica Herzog afirmando que "Contribuiremos, sustancialmente, a la potenciación de nuestros ejércitos, para que en situaciones graves, todo militar ha de considerarse pueblo y todo ciudadano soldado".

Sin embargo, todo esto sufrió un letargo hasta que la democracia española vivió los primeros movimientos democráticos a favor de la voluntad de ejercer el derecho de decisión por parte de los pueblos integrados en España. Es decir, el nuevo Estatut catalán y la Ley de Consulta del Parlamento vasco.

Entonces, la doctrina castrense resurgió por boca del teniente coronel Mena Aguado, quien afirmó lo siguiente: "Son los militares, en defecto de Jueces o Gobierno o Parlamento, quienes tienen la misión de guardar la Constitución que no contempla ninguna estructura confederal para España".

Es lo que vinieron a denominar el Supuesto Anticonstitucional Máximo, el SAM, por el que las Fuerzas Armadas quedan exentas de la sumisión al poder civil, al objeto de combatir, lo que ellos consideren que socaba la unidad constitucional. Y para quien siga queriendo pensar que esto es literatura de un colectivo denostado que ensueña tiempos mejores, reproduzco lo dicho por el siempre afortunado en sus palabras José Bono, en respuesta a la interpelación de un diputado de EAJ/PNV sobre los cuarteles de Araca (Araba) en sede parlamentaria: "en Araca se hace mantenimiento de "x" cientos de camas para el supuesto de que un día en Euskadi empiecen a hacer tonterías".

Por lo tanto, debemos saber que lo que los militares invocan hoy ante la decisiva puesta en práctica del derecho a ejercer su propia voluntad por parte de Euskadi y Catalunya, tiene su origen en la tan magnificada Constitución democrática y de derecho española, que a la sazón, ampara un sistema de libertad tutelado por un colectivo carente de legitimidad democrática. Por todo ello, en este momento de nuestra historia en el que todo resorte de violencia, de Estado o pseudo-revolucionaria, pasa a ser historia y con un nuevo Gobierno vasco en ciernes, que propiciará sin duda el comienzo de un nuevo periodo de normalidad política y de conciliación, la razón y la convicción democrática nos debe forzar a asumir la tediosa tarea de cercenar uno de los últimos rescoldos de tiempos en los que, la fuerza y la violencia eran la respuesta a las ideas libres de personas libres.