Con respecto a los comentarios sobre el accidente provocado por una Barredora el Bilbao y ante las afirmaciones de los diferentes Responsables del Ayuntamiento en el sentido de que la Barredora causante del accidente mortal, no tiene ninguna señal acústica o luminosa que advierta su maniobra en marcha atrás pero que si cumple con todos los requisitos legales para su circulación.

Los responsables del Área correspondiente deben saber que la barredora es una máquina y como tal está sujeta al marcado CE y a disponer del Certificado de Conformidad CE de acuerdo a la Directiva 2006/42 /CE. Esta Directiva marca hace mención en el punto 3.1.1 a máquinas que presentan peligros debidos a su movilidad. En el párrafo final del punto 3.3.1 menciona lo indicado en el párrafo sexto del punto 1.2.2 que dice que deberá producirse una señal de advertencia sonora o visual antes de que la máquina se ponga en marcha atrás. Las personas expuestas deberán disponer de tiempo suficiente para abandonar la zona peligrosa o impedir la puesta en marcha de la máquina.

Resumen: obligatorio que las máquinas dispongan de una señal acústica o luminosa que avise de su maniobra en marcha atrás y si la barredora causante del accidente no dispone de esta señal no es apta para circular por las vías públicas.