LA primera sesión del juicio por el caso Nóos, en el que se juzga a 18 personas, entre ellas Cristina de Borbón, hija y hermana de los dos monarcas españoles de los últimos 40 años, y al marido de ésta, Iñaki Urdangarin, confirma el descomunal esfuerzo de los poderes del Estado en la pretensión de preservar a la Casa Real, con ella a la monarquía y con esta al propio Estado, frente a los delitos (fiscales o de malversación de hasta 6,2 millones de euros) que se juzgan. Que tanto la Fiscalía como la defensa de Cristina de Borbón y la Abogacía del Estado coordinen un argumento exculpatorio en base a la denominada doctrina Botín es prueba evidente de dicho esfuerzo, ya desarrollado durante los más de 5 años y 5 meses transcurridos desde que el juez Castro abriera una pieza separada del caso Palma Arena sobre el Instituto Nóos que dirigían Urdangarin y Diego Torres y en el que Cristina de Borbón y Carlos García Revenga, secretario de las infantas y hombre de confianza de Juan Carlos I, ostentaban responsabilidades. Ahora bien, la apelación a la doctrina Botín, establecida por el Supremo en diciembre de 2007 para exculpar al entonces presidente del Banco de Santander al establecer el sobreseimiento si el Ministerio Fiscal y la acusación particular lo solicitan, debería ser de imposible aplicación en base a sentencias posteriores del propio TS, la más conocida la que afectó a quien fuera presidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa, al que excepcionalmente no se aplicó la doctrina Botín por considerar el TS que la acusación popular está legitimada para instar a la apertura de juicio oral en delitos que “afectan a bienes de titularidad colectiva, naturaleza difusa o carácter metaindividual”. Por esta doctrina, posterior y correctora de la aplicada por primera y única vez en beneficio de Botín, las infracciones tributarias de que se acusa a Cristina de Borbón, que afectan a un bien de indudable titularidad colectiva como es la Hacienda pública, no permiten a Fiscalía y acusación particular decidir sobre la continuidad de la causa. Es por ello que la Abogacía del Estado, en excepcional prestidigitación, pretende que el erario público no es patrimonio de la sociedad que lo aporta sino de la Agencia Tributaria que lo gestiona... lo que, sin embargo, al hacerse en beneficio de diversos estamentos del Estado, monarquía incluida, está precisamente en el origen de los delitos que se juzgan. Y eso haría del caso Nóos solo parte de otro de mayor envergadura.
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