Colonización electoral
La pretensión del PP de dar cabida en el censo vasco a quien hubiera dejado Euskadi presuntamente por el acoso del terrorismo no pretende reparar derechos sino el uso interesado de las consecuencias de la violencia por interés ideológico
lA pretensión anunciada públicamente por el PP y no rechazada claramente de momento por el Partido Socialista de alterar el censo electoral para dar cabida en el mismo de cara a las elecciones al Parlamento Vasco a personas que hubiesen dejado Euskadi presuntamente por el acoso del terrorismo no pretende, en realidad, la reparación de supuestos derechos conculcados sino, muy al contrario, la utilización política interesada de las consecuencias de la violencia con un mero objetivo electoral. La total ausencia de rigor en las cifras aportadas por quienes pretenden impulsar la iniciativa es más que suficiente para considerarlo aun así sin necesidad de recordar que todas aquellas personas que quisieran votar en los comicios autonómicos pese a haber fijado su residencia, por uno y otro motivo, fuera de nuestro país pueden hacerlo mediante el único requisito de su empadronamiento e inscripción en el censo vasco -con las salvaguardas legales previstas- hasta dos meses antes de la convocatoria, tal y como reza el art. 33 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General. Cualquier otra vía de participación supondría obligatoriamente una profunda reforma legislativa que interesaría no solo a varios artículos de la LOREG (el art. 4 sobre el derecho de sufragio, el art. 31 sobre los requisitos del elector, el citado art. 33 sobre el censo, la disposición adicional primera en su punto 1...), sino también de la Ley de elecciones al Parlamento Vasco de 15 de junio de 1990 (el art. 2, el art. 105 sobre el derecho a voto, el 113 sobre el voto por correo...) y especialmente en el caso de que la reforma se impulse desde Madrid, la del artículo 10.3 del Estatuto de Gernika del que se deriva esta y que establece entre las competencias específicas de la Comunidad Autónoma Vasca la "legislación electoral interior que afecte al Parlamento Vasco..." con el mismo rango que la LOREG, según estipula el art. 81.1 de la Constitución. En otras palabras, si el PP está cuestionando en la práctica todo el entramado de la legislación electoral sin ni siquiera preocuparse de su verdadero alcance, cabe deducir que trata de poner en práctica una colonización electoral y sustituir la reducción momentánea del corpus nacionalista que supone la Ley de Partidos por una reforma que eleve de modo permanente, aunque falso, la proporción de electores constitucionalistas.