Ese botón que aparece en el volante o en el salpicadero del vehículo con un símbolo en forma de triángulo rojo sirve para activar al mismo tiempo y de forma sincronizada todos los intermitentes del coche, los delanteros y los traseros (que son los obligatorios) y, si los hay, los laterales. Es lo que se conoce como luces de emergencia o, en inglés, los warning, que utilizamos a veces con la mejor de las intenciones pero que en muchas ocasiones lo hacemos de manera innecesaria o incluso incorrecta. Conviene, por lo tanto, repasar qué dice la normativa y cuándo es obligatorio proceder a activarlas.
Avisar de un peligro real
Las luces de emergencia tienen una función muy concreta: avisar al resto de conductores de que nuestro vehículo supone un peligro o una situación anómala en la vía. No son, por tanto, un recurso para justificar cualquier maniobra.
Su uso es obligatorio cuando el vehículo queda detenido en el arcén o en la calzada, ya sea por avería, accidente o cualquier otra circunstancia que impida continuar la marcha, como un problema de salud repentino. Las luces intermitentes, combinadas con la baliza V16, ayudarán a que el resto de usuarios de la vía detecten el vehículo con mayor antelación, especialmente en lugares peligrosos o con poca visibilidad.
También deben activarse si nos vemos obligados a reducir bruscamente la velocidad por un imprevisto. Por ejemplo, cuando circulamos por una autovía o autopista, en las que se alcanzan grandes velocidades, y nos encontramos con un atasco inesperado o un accidente es recomendable activarlas para advertir a los vehículos que vienen detrás, y desactivarlas cuando ya no seamos el último coche en la fila. O si por una avería conducimos a una velocidad anormalmente reducida por una emergencia o una avería, por ejemplo, subiendo una pendiente.
Cuándo no debes usarlas
Uno de los errores más comunes es utilizar las luces de emergencia para paradas momentáneas en doble fila o para justificar que dejamos el coche en un lugar indebido (en carga y descarga, en una plaza para personas con movilidad reducida, en un vado, en la parada del autobús, en plena calzada...) para recoger a alguien, cargar o descargar algo o hacer un recado. La normativa no contempla este uso, por lo que accionar los warning no evitará una posible sanción.
Tampoco deben emplearse para circular en condiciones de lluvia intensa o niebla. Para eso están las luces específicas del vehículo, como las de cruce o las antiniebla, a las que no sustituyen. Y otro uso incorrecto es activarlas como gesto de cortesía, para dar las gracias o pedir disculpas en carretera, una práctica extendida (como echar las luces largas) pero no recogida en la normativa.
Esos malos usos de las luces de emergencia no se sancionan por el hecho de llevarlas encendidas, sino por la infracción que llevan asociada, ya que no corrigen una maniobra antirreglamentaria ni liberan al conductor de su responsabilidad. La multa será por parar o estacionar mal, obstaculizar el tráfico o crear un peligro, no por haber activado esas luces.
Luces y baliza: cosas distintas
Las luces de emergencia no tienen nada que ver con la baliza V16 conectada, el único dispositivo legal en España de señalización de un vehículo inmovilizado por accidente o avería desde el 1 de enero de 2026, reemplazando a los triángulos. Encender las luces de emergencia no nos servirá para evitar la sanción si no activamos la baliza reglamentaria.