EL 26 de abril de 1937, el bombardeo de Gernika marcó un antes y un después en la guerra civil española. La aviación alemana e italiana que formaba parte del ejército franquista destruyó la villa foral causando un número elevado de muertes y la destrucción casi total de la población. La violencia del bombardeo y sus efectos traspasaron las fronteras y tuvieron una amplia repercusión internacional en todo el mundo.

Lo cierto es que al bombardeo siguió casi de inmediato la ocupación de Gernika por las tropas de Franco el día 29 de abril de 1937. Así, y a pesar de la imposibilidad de acceder a Gernika, el envío de Comisiones de Investigación de distintos países no fue una realidad en Bilbao hasta prácticamente su caída el 19 de junio de 1937.

Euzko Deya (17 de junio de 1937). Texto íntegro en francés del acta notarial.

Una de estas comisiones es el origen del acta notarial del bombardeo de Gernika. En los periódicos Euzkadi y El Liberal se informaba el 18 de mayo de 1937 de la llegada a Bilbao de la Comisión que instó el acta notarial. Euzkadi lo describía de esta forma: Comisión investigadora. Según noticias de la Delegación vasca en París, se había presentado a ésta el notable abogado londinense M. Geoffrey Henry Cecil Bing, que forma parte de la Comisión inglesa que investigará lo ocurrido en Gernika. Forman parte de este Comité, además de M. Cecil Bing, los señores Henry Purcy, Oficial retirado de la Marina real inglesa, antiguo jefe de la Sección de minas submarinas de la flota inglesa del Atlántico y M. R. Mackinnon Wood, director honorario del Departamento de Investigaciones aeronáuticas del Ministerio británico del Aire. Esta Comisión ha recibido su mandato del Comité de Investigación de Violaciones del Derecho Internacional relacionadas con la intervención extranjera en la guerra española, creado en septiembre del año pasado y presidido por la señora Rathbone. En cuanto la Comisión cuya visita se anuncia regrese a Londres, dará cuenta de sus investigaciones al Comité de no intervención, quien inmediatamente se reunirá en sesión plenaria.

Fue precisamente Bing el artífice del acta notarial del bombardeo. El mismo Bing que luego llegaría, tras la Segunda Guerra Mundial, a ser diputado laborista en el Parlamento de Westminster hasta 1955 y posteriormente, Fiscal General de Ghana. El requirente del acta, por tanto, era un letrado inglés que tuvo por misión investigar los hechos acaecidos, pero que tenía un hándicap básico, como era el de no poder acceder a Gernika para documentar los hechos. Ante ello, no tuvo más remedio que recoger los testimonios de testigos cualificados de los hechos, intentando dar veracidad y respaldo jurídico a esos testimonios.

Celestino del Arenal (1876-1961), decano del Colegio Notarial de Euzkadi, y notario autorizante del acta sobre Gernika.

La vía más segura y expedita era la fe pública notarial y el camino elegido fue no ya el del acta de presencia, imposible por las razones señaladas, sino el acta de referencia del Reglamento Notarial. Aquella acta se publicó en francés y en París el día 17 de junio de 1937 en el periódico Euzko Deya-La voz de Euzkadi- La voix des basques bajo un título que no dejaba lugar a dudas sobre su autenticidad: Témoignages irrecusables sur la destruction de Guernika (Testimonios irrefutables sobre la destrucción de Guernika). Era precisamente el carácter de acta notarial auténtica lo que le servía al semanario para justificar la transcripción íntegra del texto del acta y su versión al francés, para darlo a conocer a la opinión pública internacional.

El acta notarial se autorizó en el despacho profesional (étude) del notario de Bilbao don Celestino María del Arenal y G. de Enterría situado en la calle Berástegui 4, piso primero y teléfono 12.352. El número de protocolo fue el 645 y como nota curiosa el acta que se publicó en francés recogió que el notario era miembro del Colegio Notarial de Euzkadi. A la notaría del Sr. Arenal acudieron, el día 25 de mayo de 1937, Bing, los testigos y la intérprete de lengua inglesa. El acta no nos proporciona la hora de la autorización.

El requirente fue Geoffrey Cecil Bing, jurista que buscó el acta notarial en sustitución de aquella inspección ocular que nunca pudo hacer

El autorizante era notario de Bilbao y por entonces decano del recién creado Colegio Notarial de Euzkadi y miembro de la Comisión Jurídica Asesora del Gobierno de Euzkadi. El requirente fue Geoffrey Cecil Bing. Un jurista, que ante la imposibilidad de trasladarse a Gernika buscó el acta notarial de referencia como elemento de sustitución de aquella inspección ocular que nunca pudo hacer y además con el objetivo de darle un cuño de autenticidad a los testimonios que solo el acta notarial le podía proporcionar. El acta consignó, además, la intervención de una intérprete, a quien identifica como Marina Solsona de Uranga, con domicilio en San Sebastián y residiendo accidentalmente en Guecho por circunstancias independientes de su voluntad. El acta declaró igualmente que el requirente Bing se vale de la intérprete (y, por tanto, no parece que conociese la lengua castellana) pero tiene interés en hacer constar de manera auténtica las declaraciones que ya han prestado y que volverán a prestar ahora ante mí algunas personas en orden a la destrucción de Guernica. De hecho, en la propia acta se establece que la suscriben el requirente y la intérprete, conmigo el notario, que doy fe.

¿Quién era la intérprete Marina Solsona de Uranga?

Una primera pista nos conduce a su actividad como locutora y su ubicación de preguerra en San Sebastián. Un documento preciso lo proporciona el Archivo del Gobierno Vasco de 1937, que recoge la comunicación que envía con fecha 11 de febrero de 1937, el director general de Comunicaciones al consejero de Hacienda del Gobierno de Euzkadi sobre la actividad de la intérprete Marina de Uranga, y no deja lugar a dudas sobre su competencia profesional y su dedicación: Desde que empezó a funcionar la emisora E.A:J. 8, y hace ya cerca de cuatro meses, Doña Marina de Uranga viene realizando una labor admirable como locutora de inglés tanto por realizar tal misión a horas intempestivas, como son las 12 de la noche, como por efectuar la traducción al inglés de los textos castellanos que se le entregan.

Participantes en la emisión de Radio Bilbao del 4 de mayo de 1937. De izquierda a derecha, el locutor de Radio Bilbao; Eusebio Arronategui; Bonifacio Echegaray y D. José de Labauria, junto al periodista Steer, que también pudo estar presente en el programa. Arronategui y Labauria declararon en el acta notarial.

De hecho, propone o una gratificación o que se le incluya en nómina, dado que el trabajo… lo realiza de forma desinteresada y no ha percibido ni percibe cantidad alguna… Se resuelve el 15 de febrero de 1937 por el Departamento de Hacienda darle una gratificación, puesto que no se le puede incluir en la plantilla del Departamento. El notario Arenal recogió la intervención de la intérprete en el acta de acuerdo con lo establecido en el artículo 150 del Reglamento Notarial de 1935:… Cuando los extranjeros no conozcan el idioma español y el Notario a su vez no entienda el de aquéllos, la autorización del instrumento público, exigirá la asistencia de intérprete oficial, que hará las traducciones verbales o por escrito que sean necesarias, declarando bajo su responsabilidad en el instrumento público la conformidad del original español con la traducción…

Fueron tres los testigos cuyas declaraciones se recogieron. El primero de ellos, es un desconocido Enrique Edmund Julio Gumb, ciudadano británico con parientes en Gernika que se encontraba ese día en la villa foral y que narró su experiencia del bombardeo aéreo e introdujo una nueva variante. En efecto, al declarante se le exhibió una publicación-catálogo de los aparatos aéreos del momento, que aparecía bajo el nombre Jane´s All the World Aircraft donde el testigo declarante reconoció el aparato Heinckel 51. Se trata de una exhibición que propicia un elemento más de autenticidad a las declaraciones y que apunta claramente, frente a las tesis negacionistas, a los alemanes de la Legión Condor, aliados de Franco, como los autores del bombardeo.

A continuación, prestó declaración Eusebio de Arronategui Urrutia, coadjutor de la parroquia de Santa María de Gernika que, en esencia, se reiteró en las manifestaciones que ya había hecho con anterioridad, especialmente en la emisión de Radio Bilbao de fecha 4 de mayo en la que participó junto con otro de los testigos del acta, el alcalde Labauria, del que luego se hablará. Un nuevo factor, al igual que en el caso de Gumb, fue el reconocimiento, si bien no explicita el modelo de avión, del que aparece en la página 160 del anuario de aviación ya mencionado.

Por último, prestó declaración José de Labauria, el más activo de los tres, que reiteró lo ya dicho en la emisión de radio sobre el bombardeo, y añadió que Gernika no era una villa militar y reconoció el avión Heinckel 111, a la vista del ya reseñado catálogo, extendiéndose en consideraciones sobre la forma en que vivió el bombardeo y los ametrallamientos de los aviones a la población civil. Cerraba el acta la fórmula notarial de otorgamiento y autorización, y la firma de los testigos con el requirente, la intérprete y el notario. Además, estaban el sello y el signo, la firma y rúbrica del notario Arenal, y la legalización de su firma por el procónsul británico en Bilbao, a fin de que fuese válida en Gran Bretaña.

La Comisión de Investigación de 1937 que instó el acta notarial del bombardeo de Gernika no pudo visitar in situ la villa, pero sí recoger los testimonios de personalidades que atestiguaron, con todas las formalidades de la legislación notarial, la veracidad de lo que afirmaban. La presencia de la intérprete, además de ser un elemento importante en el otorgamiento del acta ya que Bing no debía conocer el castellano con suficiencia, da una pista sobre los requisitos formales que se quisieron extremar a través del acta notarial para garantizar la veracidad de las afirmaciones en torno a un hecho que hace tiempo forma parte de la Historia de este país y en el que la actuación notarial reforzó la veracidad de lo ocurrido.