Euskadi gravará las grandes fortunas a partir de un patrimonio neto de 3,2 millones
Las tres diputaciones han iniciado este jueves el procedimiento de exposición pública del nuevo gravamen
Las haciendas forales de Bizkaia, Gipuzkoa y Araba gravarán las grandes fortunas a partir de los 3,2 millones de patrimonio neto, a través del nuevo impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas (ITSGF).
Las tres diputaciones han iniciado este jueves el procedimiento de exposición pública del nuevo impuesto, que complementa al de patrimonio, con la publicación del anteproyecto de norma foral en sus respectivos portales web.
Bizkaia, Gipuzkoa y Araba han elaborado, de manera coordinada y armonizada, los respectivos anteproyectos de norma de este impuesto, aprobado en el Estado por el Gobierno de Pedro Sánchez e incluido después en el Concierto Económico tras un acuerdo entre los Ejecutivos español y vasco.
El anteproyecto propone un tributo "complementario" al impuesto sobre el patrimonio que grave el patrimonio neto de quienes dispongan de más de 3,2 millones de euros, con un tipo del 1,5% en este caso, que irá aumentando en función del volumen de patrimonio.
Así, a las fortunas de hasta 6,4 millones se les aplicará una cuota de 48.000 euros y un tipo del 1,75 %; de hasta 12,8 millones, una cuota de 160.000 euros y un porcentaje del 2%; y para las fortunas de hasta 16 millones de euros, una cuota de 224.000 euros y un tipo del 3,5%.
Al ser un impuesto complementario, los contribuyentes aplicarán a la cuota íntegra del impuesto a las grandes fortunas una deducción del mismo importe que la cuota líquida de su Impuesto sobre el Patrimonio.
Al tratarse de un impuesto temporal, el nuevo impuesto tendrá vigencia en los tres territorios forales mientras esté vigente en territorio común.
Temas
Más en Economía
-
Los médicos de Primaria y los pediatras podrán compatibilizar un año más su trabajo con la pensión de jubilación
-
Petronor invertirá 170 millones de euros en su planta de combustibles sintéticos, que estará lista en 2027
-
El Supremo avala que una subvención para la vivienda no impide cobrar el ingreso mínimo vital
-
Declaran improcedente el despido de un trabajador por el uso personal de internet durante 57 horas en horario laboral