- El Ministerio de Consumo ha detectado una serie de incumplimientos por parte de compañías aéreas en la información que estas deben dar al consumidor para garantizar su derecho al reembolso, según informó el departamento ayer. El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ya ha comunicado a las aerolíneas para recordarles sus obligaciones, según la reciente recomendación publicada por la Comisión Europea en la que se recogen las condiciones para la emisión de los bonos por parte de las compañías aéreas como alternativa al reembolso de viajes combinados y servicios de transporte cancelados en el contexto de la pandemia, y amenaza con tomar medidas si siguen incumpliendo.

El Ministerio ha observado que varias compañías aéreas que operan en España no están facilitando la información correcta a los usuarios que, ante la cancelación de vuelos a causa de la pandemia, optan por su derecho al reembolso. “Dificultar el acceso del usuario a su derecho al reembolso incumple las recomendaciones de la Unión Europea”, remarcó el Ministerio. Por ello, Garzón se dirigió a los presidentes de compañías aéreas y asociaciones del sector para recordarles su obligación de incluir en las comunicaciones y mensajes dirigidos a los pasajeros el procedimiento para quienes quieran solicitar el reembolso del dinero.

Tanto el bono alternativo como el derecho al reembolso del billete deben aparecer de forma clara y accesible en la información de las compañías aéreas. De lo contrario, el Ministerio de Consumo prevé ejercer la acción de cesación contra las compañías que incumplan estas normas.

La Comisión Europea anunció que permite a las aerolíneas tener derecho a la emisión de bonos como alternativa atractiva y fiable al reembolso del dinero, pero señala el carácter voluntario de la aceptación del bono por parte del pasajero o viajero.

En caso de no ser aceptado por el cliente, la compañía aérea debe efectuar el reembolso del importe total del billete en un plazo de siete días a partir de la solicitud del pasajero, tal y como figura en el artículo 8.1.a) del Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004.

El Ministerio informa además de que, en el caso de que el pasajero haya aceptado el bono sin que la compañía le haya ofrecido claramente la opción del reembolso como alternativa, ese consentimiento se considerará “viciado”, por no contar con toda la información relevante.

El Gobierno trabaja de forma paralela junto a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en un mecanismo extrajudicial obligatorio y vinculante para las compañías aéreas y gratuito para los consumidores que agilice la reclamación de la devolución de los billetes pagados y no disfrutados durante la pandemia y suprima la “costosa” vía judicial por la que de momento deben transitar quienes solicitan el reembolso.

Facua-Consumidores en Acción valora que el Ministerio de Consumo contemple ejercer la acción de cesación contra las aerolíneas que sigan incumpliendo las normas.

Hasta la fecha, Facua ha presentado denuncias ante Consumo y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana contra diez aerolíneas por vulnerar la normativa que les obliga a reembolsar el importe de los billetes tanto a los pasajeros que sufran cancelaciones como los que no puedan volar como consecuencia de las medidas aprobadas por el Gobierno en el estado de alarma. Se trata de Air Europa, Air France, KLM, Iberia, Latam Airlines, Lufthansa, Ryanair, Transavia, United Airlines y Vueling.

700

Facua-Consumidores en Acción critica que las aerolíneas han recibido más de 700.000 reclamaciones por vulnerar la normativa que les obliga a reembolsar el importe de los billetes. Hasta la fecha, Facua ha denunciado a Air Europa, Air France, KLM, Iberia, Latam Airlines, Lufthansa, Ryanair, Transavia, United Airlines y Vueling.