GASTEIZ. Según el auto de la Audiencia al que ha tenido acceso a Efe, que es firme y contra el que no cabe recurso, los investigados ya han sido debidamente sancionados en la jurisdicción mercantil y "no hay bastantes indicios de delito", por lo que se estiman parcialmente los recursos de apelación interpuestos por los abogados de los acusados y se acuerda el sobreseimiento provisional de la causa.

Los cuatro administradores de Afypaida, empresa matriz del coche Hiriko, ya fueron declarados culpables a finales de 2017 por un juzgado de lo Mercantil de Gasteiz de la quiebra de la compañía, que recibió más de 17 millones de ayudas públicas, 14,7 millones del Ministerio de Ciencia e Innovación.

Los administradores son Jesús Echave, presidente de la sociedad y vinculado al PNV; Iñigo Antia, concejal del PNV en Gasteiz entre 2003 y 2008, fecha en la que pasó a formar parte de la Ejecutiva del partido en Araba; el constructor Fernando Achaerandio y el comercial de joyería José Luis Bengoechea.

El juzgado de lo Mercantil 1 de Gasteiz les atribuyó una "imprudencia grave" que agravó la insolvencia de Afypaida y les inhabilitó para administrar bienes ajenos y representar a cualquier persona durante dos años.

Además fueron condenados al pago de 535.000 euros al considerar que la quiebra fue culpable por la compra de un coche de carreras "que jamás llegó a ser utilizado como banco de pruebas" como alegaron los acusados.

Una vez concluido el procedimiento mercantil sobre este caso, a mediados del pasado año el juzgado de Instrucción número 3 de Gasteizdio por concluida la investigación penal contra los cuatro y pidió que se les juzgase por los delitos de malversación, apropiación indebida y fraude de subvenciones como responsables del proyecto Hiriko.

Para el fiscal, los acusados, sin ninguna experiencia en la fabricación de automóviles, idearon un plan para apropiarse de fondos públicos con el pretexto de diseñar un coche eléctrico. La Abogacía del Estado por su parte reclamó que los acusados devolvieran todas las subvenciones recibidas pero la juez instructora limitó el desvío de capitales a 6,4 millones de euros.

Los letrados de los acusados presentaron recursos de apelación contra dicho auto y ahora la Audiencia de Araba ha determinado que "resulta lógico sospechar de intereses espurios en los investigados pero el material indiciario es insuficiente para mantener las imputaciones".

La Audiencia argumenta que no sobresee la causa porque el hecho no sea constitutivo de delito como solicitaban las defensas sino porque no resulta debidamente justificada la perpetración de delito.