BILBAO. En una instrucción aprobada por el Gobierno municipal (PNV-PSE) se establece que los VMP podrán circular únicamente por las calles de Bilbao cuya limitación de velocidad máxima permitida es de 30 kilómetros/hora -el 87 por ciento de las vías urbanas de la villa- y no podrán hacerlo en las demás calles, en las que se puede circular a 50 km/h.

El teniente de alcalde y concejal de Movilidad, el socialista Alfonso Gil, ha presentado este jueves la nueva instrucción, con la que, según ha destacado, el Ayuntamiento quiere hacer "pedagogía" para que los ciudadanos vayan conociendo las normas que se aplicarán a los patinetes y demás VMP.

Ha indicado que, hasta que el Consistorio no apruebe una nueva ordenanza de Movilidad en la que trabaja en estos momentos, en la que se especificarán las sanciones correspondientes y lo que podría producirse en los próximos seis meses, no se impondrán multas a los infractores.

"Primero, pedagogía. Pero cuando llegue la ordenanza, el que tenga un comportamiento indebido tendrá palo", ha añadido Gil.

Dado el actual vacío normativo, a falta de una ordenanza municipal y de unas normas más concretas que establecerá la Dirección General de Tráfico, el Ayuntamiento bilbaino se ha basado en una instrucción de la DGT del año 2016 para elaborar unas pautas de movilidad para los VMP que aplicará desde este mismo jueves.

En la instrucción, el Ayuntamiento constata que se está extendiendo en las ciudades el uso de los llamados VMP ("hoverboards", "segways", patinetes eléctricos y monopatines, entre otros) que "han llegado para quedarse", en una "revolución de la movilidad" que "provoca no pocas disfunciones".

Dado que el 67 % de los desplazamientos de Bilbao se realizan a pie, el Ayuntamiento ha determinado que no se debe permitir que los VMP supongan una "amenaza para el peatón", por lo que se ha decidido que "deben salir de las aceras al igual que la bicicleta", cuyo uso está ya limitado a la calzada y a los bidegorris.

De acuerdo con las pautas fijadas por el Consistorio, los patinetes eléctricos y demás VMP tienen prohibido desde hoy circular por aceras, zonas peatonales, plazas y parques y jardines no señalizados con el fin de "salvaguardar la tranquilidad y seguridad de los viandantes".

Estará permitida la circulación por las aceras de vehículos de tracción humana (monopatines, patines y patinetes no motorizados) pero siempre que transiten "al paso de las personas".

El Consistorio ha determinado que los patinetes eléctricos y los demás VMP pondrán circular únicamente por la calzada de las calles que tengan limitada la velocidad a un máximo de 30 km/h.

Actualmente el 87 % de las calles de la capital vizcaína tiene ese límite de velocidad, pero Gil ha avanzado que, dado los "muy positivos" resultados observados con dicha medida -aplicada desde junio de 2018- en cuanto a reducción de ruido, accidentes y contaminación, el Ayuntamiento se plantea ahora adoptar ese límite a "toda la ciudad".

En la instrucción municipal se clasifican tres tipos de VMP: A (monociclos, plataformas y patinetes eléctricos de menor tamaño y velocidad máxima de 20 km/h), B (patinetes de mayor tamaño y que pueden alcanzar 30 km/h) y C (ciclos de más de dos ruedas y con velocidad máxima de 45 km/h).

La edad mínima para circular con los VMP de tipo A será de 16 años, y de 18 años para los vehículos de los otros tipos.

No se podrá circular con auriculares ni utilizar dispositivos móviles mientras se conducen los VMP. "Es muy peligroso", ha advertido Gil.

De la instrucción quedan excluidos los vehículos que utilizan las personas con movilidad reducida y los triciclos.

Las normas del Ayuntamiento de Bilbao establecen también condiciones para las empresas que quieran dedicarse al alquiler de estos vehículos: deberán disponer de una base permanente de estacionamiento y contratar un seguro de responsabilidad civil frente a terceros.

Alfonso Gil ha dicho que este modo de transporte con VMP "es sostenible pero no es saludable", por lo que el Consistorio sigue recomendando el uso de la bici, que "sí es saludable".