El Ararteko “dejará constancia del incumplimiento” del Ayuntamiento de Bilbao al no incorporar ahora dos alegaciones admitidas a la Asociación Vecinal Uribitarte Anaitasuna durante el procedimiento de elaboración de la ordenanza reguladora de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de la capital vizcaina, según el colectivo. La asociación recordó que el Arateko ha recomendado que el Consistorio incluya el contenido de las alegaciones en el texto de la ordenanza que se publicó en el Boletín Oficial de Bizkaia el 24 de mayo de 2024, entre otras, “la que se refiere al seguimiento de la reducción de contaminación sonora en los informes anuales”, así como con el artículo 18.2.1 “en cuanto al reconocimiento del usufructo de una plaza de garaje como derecho habilitante para autorizaciones y moratorias”.

El colectivo vecinal señaló que el 14 de julio de 2024 se inició “un largo recorrido de escritos” de la asociación y del Ararteko con el Ayuntamiento “para que incluyera las dos alegaciones aceptadas en el texto de la ordenanza” y agregó que, después de año y medio, el Consistorio “ha decidido no publicar la ordenanza tal y como se aprobó en el pleno, y propone un aplazamiento de la corrección en una futura revisión general de la ordenanza”.

La asociación se pregunta “qué motivo de fondo y, al parecer inconfesable”, tiene el Ayuntamiento “para no rectificar ahora la ordenanza, tal y como le recomienda el Ararteko”, cuando asegura “estar dispuesto a hacerlo más tarde, en una futura revisión general de la norma”. A su parecer, “tal y como está ahora la redacción permite al Ayuntamiento dejar de controlar el ruido cuando le convenga, ya que la ordenanza no le obliga a ello”. “¿Qué interés tiene el Ayuntamiento que prioriza romper los principios de seguridad jurídica y de claridad normativa antes de publicar en el BOB las correcciones que recomienda el Ararteko?”, dicen.

Precisan que éste defiende que “el derecho a participar consiste en escuchar de manera atenta y considerada las propuestas regulatorias de las personas interesadas para que, si los órganos de gobierno consideran su oportunidad, las admitan y sean debidamente incluidas en el texto dispositivo de la norma”.