Los dueños de los perros deberán llevar a partir de ahora, además de bolsas o pañuelos para recoger los excrementos de sus canes, botellas de agua para limpiar los orines de la vía pública. En caso de no hacerlo, el propietario de la mascota se arriesgará a que le impongan una multa de entre 100 y 3.000 euros. Esta es una de las novedades que incluye el proyecto de la nueva Ordenanza Municipal Reguladora de Protección, Bienestar y Tenencia Responsable de los Animales de Compañía que ha elaborado el Ayuntamiento de Bilbao. El borrador, redactado en base a las directrices de la ordenanza de Eudel, fue presentado ayer por Álvaro Pérez, concejal de Salud y Consumo, quien especificó que todos los perros, desde un chihuahua hasta un San Bernardo, deberán pasearse atados con un límite máximo del sistema de retención, que se establece en dos metros.
La obligatoriedad de limpiar los excrementos de los perros de las calles no es nueva. Sin embargo, hasta ahora se regulaba a través de la Ordenanza de Limpieza Urbana, en la que se estipulaba que las cuantías de las sanciones por incumplir la norma eran de entre 30 y 60 euros. Con la nueva ordenanza no solo ese importe se incrementa considerablemente, sino que también se obligará a los propietarios a limpiar las micciones de la vía pública. Se trata de una prohibición que lleva varios años en vigor en diferentes ciudades del Estado. En algunos, como en Valencia, por ejemplo, incluso repartieron un manual de instrucciones a los propietarios de las mascotas en el que se concretaba la conveniencia de verter vinagre y jabón en la botella de agua con la que limpiar los orines para evitar malos olores.
“Hasta que no hemos conseguido que Eudel terminara de hacer su primer proyecto de ordenanza no hemos querido adelantarnos nosotros, porque creemos que es muy importante que todos los municipios que convivimos vayamos en la misma línea. No tendría sentido que Bilbao dijera una cosa y Basauri, que somos colindantes, otra”, apuntó ayer Álvaro Pérez, quien indicó que la nueva ordenanza actualiza la anterior, de 2006. Tras la presentación en comisión, se ha abierto un periodo de enmiendas para que los partidos hagan sus aportaciones y, tras la celebración del pleno de aprobación inicial, se dará paso a un nuevo periodo de exposición pública con su consiguiente periodo de reclamaciones y sugerencias, para finalizar el procedimiento administrativo con la aprobación definitiva de la ordenanza.
NOVEDADES DE LA ORDENANZA
Entre las novedades de la ordenanza bilbaina, que llega con un año de retraso con respecto a lo dictaminado por la Ley de Protección de Animales de Compañía del Gobierno vasco –en vigor desde agosto del 2022– para poder adaptarse a los parámetros de Eudel, destaca el tratamiento a los animales de compañía conforme a su condición de ser sensible. Ello implica ser responsables de su protección, bienestar, seguridad, así como de los daños que causen y garantizar sus cuidados de por vida. Además, la normativa contempla la prohibición de criar o vender animales de compañía entre particulares.
Por otro lado, la nueva ordenanza recoge la obligatoriedad por parte de los propietarios, “tanto de perros como de gatos y hurones”, de la identificación y registro, así como la vacunación antirrábica, y el contratar un seguro de responsabilidad civil, en el caso de los perros. De esa forma, los dueños deberán dar de alta a sus mascotas en el registro General de Identificación de Animales de Compañía de Euskadi.
Asimismo, la ordenanza define por primera vez el límite máximo del sistema de retención de los perros, que se establece en dos metros y que antes de la cesión o transmisión de perros y gatos estos deberán ser esterilizados. En el caso de los perros potencialmente peligrosos, la nueva normativa recoge la necesidad de castrar a los animales antes de que estos cumplan 12 meses para poder realizar su transmisión. El borrador del proyecto no es público, por lo que aún se desconoce si el Ayuntamiento de Bilbao añadirá otras prohibiciones contempladas en la ordenanza de Eudel, como dejar solo a cualquier animal de compañía, durante 24 horas consecutivas y, en el caso de la especie canina, en un plazo que no podrá ser superior a 12 horas consecutivas.
Lo que sí se incluye es la implementación de un control riguroso de las colonias felinas a través del programa CER (Captura, Esterilización, Marcaje y Retorno), diferenciando entre agrupaciones de gatos comunitarios y colonias reconocidas oficialmente por el Consistorio de Bilbao. Solo estas últimas podrán ser alimentadas por personas físicas, siempre y cuando cumplan con los protocolos establecidos y cuenten con un documento acreditativo que se renovará dentro del año natural. La ordenanza también especifica el protocolo para recoger animales de compañía extraviados o la recogida y eliminación de cadáveres de animales de compañía.
REGIMEN SANCIONADOR
El régimen sancionador de la ordenanza clasifica las infracciones en leves (conductas que no provoquen daños físicos ni alteraciones de comportamiento animal); graves (aquellas actuaciones que impliquen daño o sufrimiento para el animal) y muy graves (conductas que provoquen la muerte o secuelas graves permanentes al animal). Estas infracciones conllevan sanciones que varían desde los 100 euros hasta los 100.000 euros, dependiendo de su gravedad. Se busca así disuadir conductas que impliquen maltrato o abandono de los animales.