Los vecinos de Abando e Indautxu podrán solicitar invitaciones para que vehículos no autorizados en la zona de bajas emisiones puedan acceder a la misma. Será una de las medidas que se adaptarán durante el periodo de aplicación transitoria de la ordenanza de la zona de bajas emisiones (ZBE), que comenzó ayer su tramitación administrativa con la apertura del plazo de alegaciones.

El Ayuntamiento de Bilbao pondrá en marcha el próximo año la ordenanza de la zona de bajas emisiones, que prohibirá el acceso, circulación y estacionamiento de los vehículos más contaminantes (etiquetas A y B) a Abando e Indautxu de 7.00 a 20.00 horas. El área, delimitado por la ría, Hurtado de Amezaga, Autonomía y Sabino Arana, contará con lectores de matrículas en sus accesos para evitar que vehículos no autorizados entren en ella. Estos 25 puntos de control estarán ubicados en el Puente del Ayuntamiento, el puente de El Arenal, Bailén, García Salazar, Hurtado de Amézaga, Alameda San Mamés, General Concha, Alameda Rekalde, Iparraguirre, Marcelino Oreja, Gordóniz, Alameda Gregorio de la Revilla, Doctor Areilza, María Díaz de Haro, General Eguía, Pérez Galdós, Simón Bolívar, Alameda Urquijo, Licenciado Poza, Rodríguez Arias, Gran Vía, Anselmo Clavé, Abandoibarra y los puentes de Deusto y La Salve. 

Según explicó lunes ayer la concejala de Movilidad y Sostenibilidad, Nora Abete, se ha elegido este distrito por ser el que más tráfico concentra de la villa, el que tiene mayor densidad de población y tiende a niveles de concentración de NO2 y partículas más altos que la media del municipio. “Parece razonable actuar en este perímetro, donde creemos que se puede incidir mucho en la mejora de la calidad del aire”, justificó Abete. Además, este espacio cuenta con la ventaja de estar “bien conectado” por transporte público.

Habrá algunos vehículos que podrán seguir entrando en la zona de bajas emisiones aunque su etiqueta ambiental sea A o B: los vecinos que estén empadronados en ese área con anterioridad a la entrada en vigor de la ordenanza, los vehículos que tengan tarjeta de persona con movilidad reducida -y título para estacionar en las plazas reservadas-, los ciclomotores de cilindrada inferior a 50 c.c., los vehículos históricos y los servicios esenciales y de emergencias, desde autobuses a ambulancias. En algunos casos, la exención será de aplicación directa, como es el caso de los ciclomotores, y en otros, como los vehículos históricos, se deberá acreditar como tal y presentar la matrícula. 

Moratorias por casuística

Para el resto, el cierre de esta almendra bilbaina será progresivo, con una primera etapa de transición hasta el 31 de diciembre de 2024; a partir de ese momento, irán limitándose cada vez más los tipos de vehículos hasta que, para el 1 de enero de 2030, los más contaminantes queden fuera del centro. Algunos ejemplos: una persona que sea propietario o tenga alquilada una parcela de garaje privada dentro de la Zona de Bajas Emisiones podrá seguir accediendo a ella hasta el 31 de diciembre de 2024, si es uno de tipo A, o hasta el 31 de diciembre de 2026. ¿Los vecinos que se muden dentro de la ZBE después de que entre en vigor la normativa? Podrán acceder con su coche hasta el 31 de diciembre de 2026 (A) o de 2029 (B). ¿Un coche que quiera acudir a un taller mecánico de Abando o Indautxu? Lo podrá hacer hasta las mismas fechas: finales de 2026 (A) o de 2029 (B). La ordenanza recoge hasta una veintena de casuísticas a las que se les irá restringiendo el acceso; como con las exenciones, en algunos casos no será necesario pedir el permiso pero, en otras habrá que solicitarlo, bien sea de forma prolongada -como los vehículos dados de alta a nombre de un comercio- y, en otros casos, habrá que hacerlo cada vez que se vaya acceder, como los vehículos de clientes de hoteles.

Plano de la futura Zona de Bajas Emisiones de Bilbao. BILBAO UDALA

Una de las medidas que se recogen para esta época transitoria es la posibilidad de que los residentes o comerciantes de Abando e Indautxu puedan invitar a vehículos contaminantes a entrar en la ZBE, tal y como ya se hace en el caso de la zona peatonal del Casco Viejo. Eso sí, solo hasta el 31 de diciembre de 2024 para los que tengan etiqueta ambiental de tipo A y hasta el 31 de diciembre de 2026 para los del distintivo B. Para ello, deberá comunicar el acceso a través de la página web municipal o la aplicación móvil que se pondrá en marcha, indicando los números de matrícula y el tiempo de permanencia de cada vehículo, en el plazo de 48 horas a contar desde el momento en el que se realiza el acceso a la ZBE. Se podrá invitar a un máximo de 4 vehículos al mes por domicilio o comercio, salvo si el residente o comerciante es mayor de 70 años, en cuyo caso podrá invitar a 12. Cada permiso tendrá una duración máxima de 24 horas.

¿Y qué ocurre si un vehículo no tiene clasificación ambiental y quiere entrar a Abando o a Indautxu? Deberán acreditar, sí o sí, su condición de poco contaminante para acceder, solicitándolo al Área de Movilidad del Ayuntamiento con la ficha técnica del vehículo. 

Exenciones

Servicios de emergencia y esenciales. Como son vehículos de transporte público colectivo, Policía Municipal, limpieza y recogida de residuos, fuerzas y cuerpos de seguridad, mantenimiento de parques y jardines, extinción de incendios, protección civil y salvamento, ambulancias, grúa municipal, servicios veterinarios, vehículos funerarios... Deben contar con una autorización previa al primer acceso, con los datos del servicio que prestan y las matrículas de los vehículos.

Vehículos históricos. Cuando tengan garaje en la ZBE y estén dados de alta en el padrón de vehículos. Deben tener autorización previa al primer acceso, con la documentación que lo cataloga como vehículo histórico y la de posesión de plaza de aparcamiento.

Ciclomotores. Con cilindrada no superior a los 50 centímetros cúbicos. Será de aplicación directa.

Movilidad reducida. Vehículos que transportes a personas titulares de tarjeta PMR con autorización y, en su caso, título para estacionar. De aplicación directa con la obtención del distintivo DES-M.

Empadronados previos. Los vehículos de personas empadronadas dentro de la ZBE con anterioridad a la entrada en vigor de la ordenanza. Será de aplicación directa.

Moratorias

Empadronados después de la entrada en vigor. 31 diciembre 2026 (etiqueta A) y 31 diciembre 2029 (B). Sin necesidad de autorización expresa.

Concesiones aparcamientos residentes. 31 de diciembre 2026 (A) y 31 diciembre 2029 (B). Sin necesidad de autorización expresa.

Personas con movilidad reducida. 31 diciembre 2026 (A) y 31 diciembre 2029 (B). Hay que solicitar el permiso junto a la copia de la tarjeta de persona con movilidad reducida y la matrícula del vehículo.

Propietarios o inquilinos de parcela garaje. 31 diciembre 2024 (A) y 31 diciembre 2026 (B). Hay que solicitar el permiso junto a la documentación que acredite la propiedad o el contrato de alquiler.

Carga y descarga con tarjeta estacionamiento. 31 diciembre 2024 (A) y 31 diciembre 2029 (B). Sin necesidad de autorización expresa. 

Transporte escolar y de empresas colectivo. 31 diciembre 2024 (A) y 31 diciembre 2029 (B). Hay que solicitar el permiso junto a la autorización otorgada para el ejercicio de la actividad.

Taxi y VTC. 31 diciembre 2024 (A) y 31 diciembre 2026 (B). Hay que solicitar el permiso junto a la licencia para el desarrollo de la actividad y la matrícula del vehículo.

Autoescuelas en ZBE. 31 diciembre 2024 (A) y 31 diciembre 2026 (B). Hay que solicitar el permiso junto a la autorización de actividad.

Transporte medicamentos (hasta 3,5 toneladas). 31 diciembre 2024 (A) y 31 diciembre 2029 (B). Hay que solicitar el permiso junto a la acreditación de la actividad, quedando constancia de la necesidad de acceder de forma recurrente a la ZBE.

Vehículos de mudanzas. 31 diciembre 2024 (A) y 31 diciembre 2029 (B). Sin necesidad de autorización expresa.

Personas invitadas por residentes o comerciantes. 31 diciembre 2024 (A) y 31 diciembre 2026 (B). Deberá comunicar el acceso a través de la página web municipal o la aplicación móvil que se pondrá en marcha, indicando los números de matrícula y el tiempo de permanencia de cada vehículo, en el plazo de 48 horas a contar desde el momento en el que se realiza el acceso a la ZBE.

Invitados por centros de día o educativo. Si el alumnado o usuaria tiene su movilidad reducida, 31 diciembre 2024 (A) y 31 diciembre 2026 (B). Los titulares del centro deben comunicar el número de las matrículas que acceden mediante la web o la aplicación, así como el tiempo de permanencia, en el plazo de 48 horas desde el momento en el que se accede. 

Vehículos a nombre de un comercio en la ZBE. 31 diciembre 2026 (A) y 31 diciembre 2029 (B). Hay que solicitar el permiso junto a los datos de la actividad y las matrículas de los vehículos.

Vehículos que accedan a talleres o concesionario como vehículo de ocasión. 31 diciembre 2026 (A) y 31 diciembre 2029 (B). Los titulares del establecimiento deben comunicar, a través de la página web o aplicación móvil, cada acceso, con la matrícula de los vehículos y el tiempo de permanencia, indicando fecha y hora de entrada y de salida, en el plazo de 48 horas desde el momento en el que se realiza el acceso.

Clientes de hoteles. Hasta el 31 de diciembre 2026 (A) y 31 diciembre 2029 (B). Los titulares del establecimiento deberán comunicar, a través de la página web o la aplicación móvil correspondiente, cada acceso, con la matrícula de los vehículos y el tiempo de permanencia, indicando fecha y hora de entrada y de salida, en el plazo de 48 horas desde el momento en el que se realiza el acceso.

Inversión en vehículo profesional. Con etiqueta A y B, 31 diciembre 2029. Hay que solicitar el permiso con la documentación de la inversión realizada.

Parking de rotación. Con etiqueta B, hasta 31 diciembre 2029. Sin necesidad de autorización expresa.

Centros médicos y veterinarios. Cuando tenga problemas para acceder en transporte público, 31 diciembre 2029. Se debe remitir una comunicación previa antes de las 23.59 horas del día anterior y hasta 48 horas después del acceso, acompañada de los datos de la persona justificante, la matrícula del vehículo, el justificante de la cita o la asistencia médica, y el horario estimado de acceso y permanencia.

Colectivos de servicio turísticos. 31 diciembre 2024 (A) y 31 diciembre 2020 (B). Hay que solicitar el permiso junto a la documentación acreditativa del servicio prestado o la declaración responsable del titular del vehículo.

Actividades singulares. Hasta 31 diciembre 2029. Hay que solicitar el permiso junto a la autorización para la actividad o evento.


Más información

Otros detalles de la normativa

Multa. Las sanciones que prevé el anteproyecto de la ordenanza de zonas de baja emisiones son de 200 euros para los vehículos que entren en el área restringida sin estar autorizados para ello. Se considera una infracción grave según la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. No se retiran puntos del carné, al ser esta una medida que tiene que dictaminar la DGT. La competencia de sancionar recae en el alcalde de Bilbao.

Etiqueta B, un año más. Los grandes vehículos contaminantes, sin etiqueta o con etiqueta A, no podrán acceder, circular ni estacionar en la zona de bajas emisiones cuando entre en vigor la ordenanza, esto es, a los 15 días de su publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia. A los vehículos de clasificación ambiental B se les aplicarán un año después de la entrada en vigor de la ordenanza.

Se podrán solicitar cuatro autorizaciones por domicilio al mes y durante la etapa de transición a la zona de bajas emisiones