Finalmente será el Tribunal Constitucional (TC) el que decida sobre el órdago que ha lanzado el Tribunal de Justicia del País Vasco (TSJPV) contra los perfiles de euskera recogidos en la Ley de Empleo Público Vasco. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Justicia del País Vasco (TSJPV), que preside el juez José Luis Garrido conocido por sus sonadas sentencias durante la pandemia, ha acordado plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el TC sobre el artículo de la ley que fija los perfiles lingüísticos para los puestos de trabajo. Antes, deberá resolver sobre los recursos interpuestos por el PP y Vox contra varios preceptos del decreto de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, al considerar que estos derivan del artículo recurrido de la norma vasca de empleo.
Este es el último peldaño en la escalada judicial contra el uso del euskera en la función pública que, según el Gobierno vasco, rompe los consensos sociales alcanzados en esta materia desde los años ochenta del siglo pasado. El Ejecutivo de Gasteiz sostenía antes incluso de que el TSJPV haya ejecutado su cuestión de inconstitucionalidad que es “especialmente grave”. Hace escasos días la vicelehendakari y consejera de Cultura y Política Lingüística, Ibone Bengoetxea, señalaba que elevar esta cuestión al Tribunal Constitucional significaría “poner en cuestión todo el sistema de euskaldunización del sector público”, un sistema que ha permitido un avance progresivo y proporcionado hacia un servicio verdaderamente bilingüe.
Por su parte, la portavoz del Gobierno Pradales, María Ubarretxena, aseguró que no existe motivo jurídico alguno para plantear esta cuestiónal TC, tal como se recoge en las alegaciones presentadas el 2 de diciembre. La versión del Ejecutivo sostiene que el contenido que ahora se cuestiona no es nuevo ya que está presente en la Ley de Normalización del Uso del Euskera de 1982 y en la Ley de Función Pública de 1989. Y ambas normas fueron revisadas y avaladas por el propio Tribunal Constitucional. Los recursos del PP y Vox contra el Decreto 19/2024 sobre el uso del euskera en el sector público fueron presentados en marzo de 2025. Tras resolver las cuestiones de legitimación en primavera —continuando el recurso del PP y limitándose parcialmente el de Vox, mientras que el recurso de su parlamentaria Amaya Martínez fue archivado— el procedimiento avanzó con cierta normalidad hasta el mes de noviembre.
A partir de entonces, la Sala adoptó varias decisiones que el Gobierno considera cuestionables. El 31 de octubre modificó la composición del tribunal que conocía el recurso de Vox, haciéndola coincidir con la del recurso del PP. El 14 de noviembre acumuló ambos recursos, pese a su contenido y alcance muy distintos, y ese mismo día abrió el trámite para una posible cuestión de inconstitucionalidad. La argumentación de la Sala sostiene que, si el artículo 187.5 fuera declarado inconstitucional, podrían quedar afectados otros artículos del decreto y elementos del sistema de perfiles lingüísticos.
Leyes en vigor
El Gobierno recuerda que ni la Ley Vasca de Empleo Público ni el Decreto 19/2024 están suspendidos, y que ambos continúan en plena vigencia y aplicación. Dentro de este contencioso legal hay dos conceptos clave para evitar confusiones frecuentes: perfil lingüístico y preceptividad. El perfil lingüístico es una característica más del puesto —como lo son el nivel, la titulación o las funciones—. La Ley de Empleo Público establece que todos los puestos deben clasificarse con un perfil, pero ello no convierte automáticamente ese perfil en un requisito. Es una herramienta organizativa que sirve para planificar necesidades de formación, movilidad o atención a la ciudadanía. “Asignar un perfil no obliga a nadie ni a nada”, remarcan desde Lakua. En cambio, el asignar una preceptividad, es decir, una fecha de preceptividad a dicho perfil en un determinado puesto, convierte ese perfil en requisito a partir de la fecha que se determina. Mientras esa fecha de preceptividad no haya vencido no se podrá exigir su conocimiento. Y en todos esos casos el conocimiento del euskera se valora como mérito en las pruebas de acceso.
Además, en la administración vasca hay un número significativo de puestos que tienen asignado perfil lingüístico y no tienen asignado fecha de preceptividad y ni la han tenido asignada en los casi cuarenta años que se ha planificado el uso del euskera en las administraciones públicas. En todas ellas el conocimiento del euskera no es requisito del puesto de trabajo y en los mismos el conocimiento del euskera es únicamente puntuado. El problema parece estribar en que la Sala que preside el juez Garrido parece interpretar que clasificar equivale a imponer una obligación genera, cuando en realidad no es así. En este sentido, desde Lakua aclaran que el sistema vasco separa ambos planos precisamente para garantizar un avance gradual, equilibrado y adaptado a cada servicio.
Kontseilua llama a llenar Miribilla el 27
En este contexto, los euskaltzales están llamados a llenar el pabellón de Miribilla (Bilbao) el día 27 de diciembre para levantar “un muro” ante el endurecimiento de la ofensiva judicial contra el euskera. La semana pasada Kontseilua alertaba del "endurecimiento” del ataque contra la revitalización del euskara por los últimos movimientos "regresivos" de los tribunales. Asimismo, denunció que estas sentencias existe "una ideología lingüística supremacista que busca mantener la hegemonía del castellano y relegar el euskara a un segundo plano". En un comunicado, la junta directiva de Euskalgintzaren Kontseilua (AEK, Berria, Elhuyar, Elkar, Euskal Herrian Euskaraz, Euskal Herriko Ikastolak, Euskal Konfederazioa, IKA y Taupa Mugimendua) censura que "el poder judicial está desmantelando la oficialidad del euskara". Asimismo, recuerda que, en los últimos años, desde los tribunales "se han modificado las reglas del juego de la política lingüística en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, estableciendo una nueva jurisprudencia restrictiva y apropiándose de una competencia normativa que corresponde al poder legislativo y a las instituciones públicas".