El Tribunal Constitucional (TC) celebrará esta semana un Pleno en el que dará el aval definitivo a la ley del aborto aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez-Zapatero, en una sentencia que reconocerá la interrupción voluntaria del embarazo como un derecho de la mujer de contenido prestacional, al tiempo que rechazará el recurso del Partido Popular contra la reforma educativa conocida como ley Celaá con los mismos argumentos que rechazó la de Vox.

Según el orden del día del próximo Pleno, que comenzará el 9 de mayo, el principal asunto será el recurso presentado por diputados del PP en 2010 contra la ley orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo aprobada ese mismo año, que supuso la implantación del sistema de plazos estableciendo un límite de 22 semanas para poder abortar.

Las fuentes jurídicas avanzan que el Pleno del Tribunal Constitucional validará la ponencia redactada por la magistrada progresista Inmaculada Montalbán, que propondrá desestimar el recurso del PP con una sentencia que consagrará el aborto como un derecho de la mujer.

No obstante, las mismas fuentes precisan que no se configurará como un nuevo derecho fundamental, sino enmarcado en el derecho a la integridad personal y, en este sentido, en la libre autodeterminación, siguiendo así la doctrina marcada por el Tribunal Constitucional en su sentencia referente a la ley de la eutanasia. Al igual que hizo el TC con dicho fallo, también le otorgará un contenido prestacional para garantizar que el ejercicio de este derecho pueda ser exigido a las administraciones públicas.

Enfoque novedoso

La sentencia elaborada por Montalbán supondrá una aproximación novedosa respecto al anterior borrador, del magistrado conservador Enrique Arnaldo, que pivotaba sobre los derechos del no nacido o nasciturus.

A este respecto, las fuentes del Constitucional aclaran que la nueva ponencia no niega los derechos del nasciturus pero sí da mayor importancia a los de la mujer, así como a su bienestar.

La propuesta de Arnaldo pasaba por respaldar prácticamente toda la ley, salvo el artículo 17 por considerar que la forma de informar a la mujer –mediante un sobre cerrado– no garantiza suficientemente que dé un consentimiento informado a la interrupción voluntaria del embarazo.

El pasado 9 de febrero, el Tribunal Constitucional rechazó dicha ponencia y Arnaldo declinó redactar otra que recogiera el sentir mayoritario, por lo que el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, le encargó a Montalbán elaborar “una nueva resolución que desestime el recurso de inconstitucionalidad” presentado por el Partido Popular.

La ley aprobada en 2010 también eliminaba el consentimiento paterno en los casos de abortos de menores de 16 y 17 años pero ese artículo fue derogado en 2015 por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, con lo que el recurso popular habría perdido su objeto en este punto.

Conflicto sobre las menores

Por ello, la nueva ponencia guarda silencio sobre este asunto, si bien desde el Tribunal Constitucional se avista un futuro conflicto por este mismo tema, ya que la nueva ley del aborto permite que las menores de esas edades aborten sin necesidad de consentimiento paterno.

Las fuentes consultadas lo achacan al hecho de que el Constitucional ha tardado tanto en responder al recurso del PP –concretamente, 13 años– que ha dado tiempo a que la ley impugnada se vea superada por una nueva regulación.

También rechazará el recurso del Partido Popular contra la reforma de la ley de educación llamada ley Celaá, aplicando el mismo criterio por el que el pasado 18 de abril ya desestimó el de Vox y validó la norma educativa sacada adelante por el Gobierno de Sánchez.

Además, el Constitucional estudiará también si admite a trámite el recurso de Vox contra la denominada ley trans.

En corto

Menores

Consentimiento. La sentencia del Tribunal Constitucional no prevé abordar el consentimiento paterno para las menores de 16 y 17 años, porque ese apartado de la ley de 2010 fue derogado en 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy.

Semana 14

Aborto libre. La Ley orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo estableció el aborto libre como un derecho de la mujer hasta la semana 14, y hasta la 22 en caso de riesgo de la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto.

PP

Ley de plazos. El recurso del Partido Popular consideraba inconstitucional la llamada “ley de plazos” de 2010 promulgada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero frente a la “ley de supuestos” de 1985, es decir, pretende ilegalizar el aborto salvo en los tres casos que recogía la norma de hace 38 años: supuesto de violación; hasta 22 semanas en casos de riesgos de malformaciones del feto; y sin límite en el caso de peligro para la salud física y mental de la madre.