IRUÑEA. Tras 3 horas concluye la vista pública en el Tribunal Supremo para analizar los recursos del caso Altsasu. Las defensas cuestionan la falta de pruebas, irregularidades y desproporción en el caso. Por otra parte, las acusaciones quieren que se confirme la sentencia y creen que el Supremo no es lugar para revisar la prueba. La acusacion particular que ejercían las víctimas no ha estado presente en la vista por el recurso.

El fiscal ha pedido hoy desestimar los recursos presentados por los condenados por la trifulca con dos guardias civiles y sus parejas en Altsasu en octubre de 2016 y ha subrayado que lo que allí ocurrió fue un "ataque ideológico".El Tribunal Supremo ha celebrado este miércoles la vista pública para revisar las condenas de entre 2 y 13 años de cárcel que la Audiencia Nacional impuso a los ocho jóvenes acusados, que solicitan su absolución.La Fiscalía defendió durante el proceso seguido en la Audiencia Nacional que lo ocurrido en Alsasua fue terrorismo, pero tanto la Sala de lo Penal como la Sala de Apelaciones de ese tribunal sentenciaron que no lo fue.

La Audiencia condenó a los acusados por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas y aplicó agravantes de abuso de superioridad y de odio al considerar probado que actuaron por animadversión a la Guardia Civil y por motivos ideológicos.El fiscal ha asegurado en la vista que el ataque se produjo porque las víctimas eran guardias civiles y ha defendido que puede existir discriminación ideológica hacia ese cuerpo."No es una asociación de amigos que se reúne para comer un asado. Es una institución fiel a España, al rey y al pueblo español. Pueden por tanto ser objeto de un ataque ideológico", ha aseverado.

RUEDAS DE RECONOCIMIENTO

Los condenados alegaron en el juicio que en las ruedas de reconocimiento a las que fueron sometidos eran fácilmente reconocibles por aparecer junto a ellos personas de muy diversa procedencia geográfica y con un aspecto físico muy distinto al de los procesados. La AN aseguró que las defensas nada alegaron al respecto en el momento de hacerse las ruedas y que los reconocidos lo fueron también en el juicio oral. Por tanto, se admitió en cierto modo que aquella rueda podía estar dirigida, de hecho no fue grabada, pero a la Sala de Apelaciones eso no le importó.

desproporción castigo vs lesionesOtro de los motivos de los recursos era la falta de entidad de las lesiones de las víctimas con la presunta agresión sufrida y que ello debía degradar los delitos de lesiones a delitos leve o de maltrato. La Sala de la AN confirmó que el teniente fue el único con fracturas (tibia y peroné) y por ello se le operó y que el resto de heridos recibió tratamiento médico-psicológico, que se recogió en un informe forense posterior, que avalaba bajas de 53 a 90 días.

las condenas

Jokin Unamuno, 2 años de cárcel. Condenado por atentado a la autoridad (3 años) más tres delitos de lesiones con agravantes (9 años).

Oihan Arnanz, 13 años de cárcel. Condenado por desórdenes públicos (1 año), atentado (3 años), más tres delitos de lesiones (9 años).

Adur Ramírez de Alda, 12 años de cárcel. Condenado por atentado (3 años) y tres delitos de lesiones (9 años).

Jon Ander Cob, 9 años de cárcel. Condenado por un delito de atentado a agentes de la autoridad (3 años) y tres delitos de lesiones (6 años).

Julen Goikoetxea, 9 años de cárcel. Condenado por un delito de atentado a agentes de la autoridad (3 años) y tres delitos de lesiones (6 años).

Aratz Urrizola, 9 años de cárcel. Condenado por un delito de atentado a agentes de la autoridad (3 años) y tres delitos de lesiones (6 años).

Iñaki Abad, 6 años de cárcel. Condenado por dos delitos de lesiones.

Ainara Urkijo, 2 años de cárcel. Condenada por un delito de desórdenes y otro por amenazas.

Agravantes. En el caso de Jokin, Oihan y Adur se aplican las agravantes de odio y de abuso de superioridad en su máxima gravedad.