El juzgado de lo Social número 2 de Bilbao condena a Aceros Inoxidables Olarra y Cofivacasa por “incumplir la legislación preventiva” y deberá pagar 372.600 euros en concepto de daños y perjuicios a un trabajador enfermo por haber inhalado amianto en su puesto de trabajo.
De esta manera, el juez estima la demanda presentada por el trabajador, enfermo afectado de mesotelioma epitelioide o cáncer pleural, y le reconoce la Incapacidad Permanente Absoluta por enfermedad profesional. La sentencia judicial recoge que el trabajador estuvo desde 1974 hasta julio del 1994 en la planta de Larrondo, en Acenor, y continuó hasta octubre de 2021 en Aceros Inoxidables Olarra.
Durante su etapa profesional trabajó como delineante saliendo a fabrica a tomar mediciones, subiendo a las grúas de acería para tomar medidas y croquizar piezas; participó en la ampliación de la acería, en el derribo de pabellones, y en obras en los fosos de los hornos, así como realizó trabajos en la laminación. Más adelante, ejerció como jefe de un taller mecánico acudiendo a los hornos de tratamiento o recalentamiento, lugar en el que se realizaban trabajos de picado y desescombro del ladrillo, utilizando mantas de amianto como aislamiento.
Todo esto hasta que en el año 2017 se acogió a la jubilación parcial. Fue en ese momento cuando se le diagnosticó un mesotelioma epitelioide, enfermedad que deriva del amianto inhalado. La sentencia recoge también que se hacían reconocimientos médicos anuales a la plantilla pero eran generales, y no desarrollaron protocolos específicos con el amianto.
Además, este trabajador estaba incluido en el fichero de Osalan de trabajadores probablemente expuestos al amianto, según ha señalado la Asociación vasca de víctimas del amianto, Asviamie. No fue hasta junio de 2025, cuando la resolución administrativa del INSS le reconoce Incapacidad Absoluta, derivada de enfermedad profesional.