Condenan a la trabajadora de una agencia de Bilbao por estafar a una pareja en su viaje de novios
Les hizo creer que el viaje se llevaría a término, algo que no sucedió, y no devolvió el dinero que estos previamente habían adelantado por el viaje.
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la condena por estafa a la responsable comercial de una agencia de viajes de Bilbaopor estafar a una pareja que en 2021 contrató con ella su viaje de bodas y que no llegaron a realizar.
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La resolución de Sala de lo Civil y Penal del TSJPV ha confirmado la pena de un año y seis meses de prisión y al pago de una multa de 1.440 euros a la responsable comercial de una agencia de viajes Aupa Travel S.L., por un delito estafa con la agravante de multirreincidencia, ya que tenía otras condenas previas firmes por el mismo delito.
El tribunal ha considerado probado que la acusada estafó a una pareja que en julio de 2021 contrató su viaje de bodas a Tanzania y Zanzíbar con Aupa Travel ya que, "con el propósito de obtener un ilícito beneficio patrimonial", les hizo creer que el viaje se llevaría a término, algo que no sucedió, y no devolvió el dinero que estos previamente habían adelantado por el viaje.
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Según destaca esa resolución, "todos los hechos indiciarios" recogidos en la sentencia de la Audiencia de Bizkaia muestran que la acusada "en ningún momento tuvo el propósito de cumplir el acuerdo pactado" con la pareja de novios y que además "no hizo absolutamente nada para el reintegro del dinero" que estos adelantaron.
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El TSJPV ha desestimado las alegaciones de la condenada que aseguró que no hubo engaño y que el viaje se suspendió debido a la pandemia de covid porque la mujer no aportó ninguna prueba que justificara las razones por las cuales no se prestó el servicio de viajes contratado.
Condenas previas
En la resolución de la Audiencia de Bizkaia, que ahora ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, se recordó que la acusada tenía otras condenas previas firmes por delitos de estafa por lo que concurre la agravante de multirreincidencia.
La sentencia del TSJPV no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
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