MADRID. La Audiencia Nacional ha impuesto un total de 56 años de prisión a los miembros del comando Bizkaia de ETA Arkaitz Goikoetxea (22), Aitor Cotano (16) e Iñigo Gutiérrez (14), detenidos en 2008 y responsables del atentado contra la casa cuartel de Legutiano en que murió un guardia civil, asunto por el que ya están condenados.

Igualmente, el tribunal ha impuesto una pena de 7 y 5 años a las colaboradoras del citado grupo Maialen Zuazo y Ana Isabel Prieto, al tiempo que ha absuelto a Adur Aristegui y Gaizka Jareño del mismo delito.

La sentencia dada a conocer hoy considera probado que Arkaitz Goikoetxe Basabe, 'Dulantzi', era el responsable del comando Bizkaia, denominado "Askatasun Haizea" (Viento de libertad) como miembro 'liberado' (a sueldo) de la banda, que tenía a su cargo a los militantes 'legales' (sin fichar) Aitor Cotano e Iñigo Gutiérrez Carrillo. Además de pertenencia a banda armada, la Audiencia Nacional los considera culpables de los delitos de tenencia de armas y explosivos con finalidad terrorista y falsificación de documentos.

Los tres viajaron en repetidas ocasiones a la localidad riojana de Ezcaray en 2007, donde llegaron a alquilar un piso, con el fin de obtener información sobre un magistrado de la Audiencia Nacional que veraneaba allí, aunque no llegaron a averiguar nada sobre él, motivo por el que son absueltos del delito de conspiración para el asesinato.

En esta etapa, Maialen Zuazo facilitaba los traslados a Goikoetxea, ya que su familia tenía una vivienda en el mismo municipio. La sentencia estima que "sabía que era un miembro liberado de ETA, que se encontraba huido, pero no dudaba en prestarles todo el apoyo que le demanda", llegando incluso a "iniciar una relación personal con él".

Posteriormente, a finales de ese mismo año, el comando recibió, por parte de la dirección de ETA, información sobre el concejal del PSE de Eibar Benjamín Atutxa. A lo largo de 2008 lo sometieron a vigilancia, siguiéndolo hasta su lugar de trabajo. De hecho, en uno de los zulos del comando se encontraron varias ampollas con tranquilizantes que tenían por finalidad secuestrar y posteriormente ejecutar al edil, tal y como el propio Goikoetxea relató durante el registro y cuya grabación en vídeo tuvo gran repercusión mediática.

"DESESTIMIENTO" DEL SECUEsTRO

La Audiencia Nacional, no obstante, considera que aunque los miembros del comando pensaron en "preparar un agujero en una zona de monte para mantener al secuestrado", no consta que llegaran construirlo, y al comprobar que el objetivo iba siempre con escoltas abandonaron el plan por "inviable". Por esta razón, los magistrados establecen que hubo un "desistimiento de la actividad delictiva planificada", que solo se había iniciado con vigilancias y sin haber "lesionado" aún al concejal, por lo que les absuelve del delito de intento de secuestro y asesinato.

Tras desistir de esta operación, Zuazo le propuso a su compañera de piso Ana Isabel Prieto que permitiesen a Goikoetxea ocultarse en la vivienda que compartían en Bilbao, a lo que esta "accedió, pese a saber que era un miembro huido de ETA".

La sentencia cuenta con un voto particular firmado por Javier Martínez Lázaro cuya única discrepancias es a este respecto. El magistrado sostiene que existen "dudas" sobre si Prieto acordó con su compañera de piso Zuazo esconder en su vivienda a Goikoetxea, lo que cree que debe conducir a su absolución.

En todo caso, los tres fueron detenidos en la madrugada del 22 de julio de 2008 en esa vivienda de Bilbao, en una operación que se saldó con un total de 9 arrestos. En el registro de las viviendas usadas por el comando y los varios zulos que controlaba la policía se incautó de gran cantidad de armas, explosivos y diverso material para cometer atentados, así como documentación falsa.

En lo que respecta a los dos absueltos, la Audiencia Nacional estima que "no se ha probado que realizasen labores de apoyo o colaborasen" con los miembros del comando.