Lecciones de la historia
Habitualmente vivimos encerrados en nuestra burbuja personal. Nuestra historia, nuestra experiencia, nuestra inquietud. Todo el universo gira alrededor de uno mismo. Es el afán individualista el que lo impregna todo. Así, llegamos a pensar que el mundo empezó con nosotros. Que antes no hubo nada -nada que mereciera la pena- . Y en ese adanismo, olvidamos la historia, los avatares que han acompañado a la civilización humana y las raíces mismas de nuestra cultura y nuestro progreso personal.
Ahora, por ejemplo, muchos jóvenes perciben que la democracia no es un sistema adecuado para la convivencia. Y en ese concepto aparecen tics totalitarios que se enfrentan a paradigmas tales como la igualdad de las personas, la libre opinión o la justificación de la mentira.
Fruto de ese desenfoque se están instalando ideas perversas que deslegitiman el feminismo o que ponen en solfa un principio básico y fundamental como es la igualdad de género.
Pocos de esos jóvenes conocen que, por ejemplo, hasta hace apenas 94 años, las mujeres de este país no podían ejercer su derecho al voto. Miramos con consternación a Afganistán o al régimen de los talibanes o a cualquier otro sistema que coarta la libertad de la mujer y desconocen que en el Estado apenas hace un siglo, la situación era similar.
Es preciso recuperar la historia, la memoria, para conocer la realidad que nos envuelve. Fue el 1 de octubre de 1931, apenas seis meses después de proclamada la República, cuando el Congreso de los Diputados español aprobó el derecho de voto de las mujeres por 161 sufragios a favor y 121 en contra. Las ciudadanas del Estado español conseguían así el derecho a ser electoras, siguiendo el camino previamente iniciado por Nueva Zelanda (1893), Finlandia (1906), URSS y Reino Unido (1918), Alemania (1919) y Estados Unidos (1920). Las mujeres de Francia (1944) e Italia (1945) tuvieron que esperar algo más.
Dieron su apoyo a aquel cambio legal los socialistas, conservadores y nacionalistas y, votaron en contra, los republicanos de izquierda, radicales y radical-socialistas. Pero los votos, a favor y en contra, escondían más razones que el puramente sufragista femenino ya que ni todos los que votaron a favor estaban convencidos de ello, ni todos los que se posicionaron en contra lo hicieron porque fueran contrarios al voto femenino. Unos y otros sospechaban que la mujer española, “analfabeta y clerical”, incidiría en la derechización del voto y, por ello, unos buscaban que así fuera, y otros, trataban de evitarlo a toda costa, evitando si fuera preciso que las mujeres se expresaran en las urnas.
Contextualizando el momento, los partidarios de la República se debatieron entre apoyar el principio de los derechos universales para todas las personas y la reivindicación política de asegurar la perdurabilidad del nuevo régimen. Solo así se entienden las palabras de Indalecio Prieto, asegurando que el sufragio de las mujeres era “una puñalada trapera para la República”, la petición de la feminista y radical socialista Victoria Kent que pediría aplazar la cuestión para un momento “más apropiado”, o la negativa de un liberal como Pío Baroja quien afirmara que “las mujeres votarán a los curas… Ni hablar!”
El nacionalismo vasco tampoco fue ajeno a aquella controversia con partidarios de la igualdad de voto -impulsada por el movimiento Emakume Abertzale Batza- como José Ariztimuño Aitzol o Jesús María de Leizaola y posicionamientos más tibios como los expresados por el poeta Lauaxeta.
Lo que tampoco se conoce -estos días se cumple el aniversario- es que fue precisamente en Euskadi donde por primera vez en el Estado, las mujeres (mayores de 23 años) ejercieron su derecho a voto. Fue el 5 de noviembre de 1933 cuando las mujeres vascas pudieron ejercitar su derecho de elección. Lo hicieron, mayoritariamente además, en el referéndum o “plebiscito” del proyecto de Estatuto para el País Vasco. Por primera vez en la historia, las mujeres vascas ejercían su derecho al voto en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa en la ratificación del denominado Estatuto de las Gestoras. En el Estado español tuvieron que esperar unas semanas más para acudir a las urnas en unas elecciones generales. Sin embargo, en Iparralde, sometidas a la normativa francesa, las mujeres vascas continentales no verían reconocido su derecho de sufragio hasta el 21 de abril de 1944, cuando el Comité Français de Libération Nationale reconoció el derecho de las mujeres a elegir y a ser electas.
Sin embargo, este derecho no se hizo efectivo hasta los comicios municipales del 29 de abril de 1945 y, poco más tarde, en las elecciones para la Asamblea Constituyente, en octubre de ese mismo año.
De este modo, las mujeres vascas de Iparralde lograban así un anhelo que las mujeres del Estado francés venían reclamando desde siglos atrás, concretamente, desde la época de Olympe de Gouges y su “Declaración de los derechos de la mujer y de la ciudadana” en 1791.
La historia nos recuerda lo reciente que son las conquistas democráticas. Conquistas que ahora parecen ponerse en solfa por grupos minoritarios pero importantes y que deberemos tener en cuenta para no retroceder en nuestros derechos.
El Estatuto vasco de 1933 También la historia, vinculada a este hecho -el aniversario de la primera vez que las mujeres vascas votaban- nos trae al plano de la actualidad otro acontecimiento que no podemos dejar pasar,
Se trata del ejercicio a decidir de la sociedad vasca y la votación, vía referéndum, del Estatuto Vasco en el año 1933.
La Constitución española de 1931 establecía en su artículo 12 que para que una “región” accediera a la autonomía, era necesario que se cumplieran determinadas condiciones:
“a) Que lo proponga la mayoría de sus Ayuntamientos, o cuando menos, aquellos cuyos Municipios comprendan las dos terceras partes del Censo electoral de la región.
b) Que lo acepten, por el procedimiento que señale la ley Electoral, por lo menos las dos terceras partes de los electores inscritos en el Censo de la región. Si el plebiscito fuera negativo, no podrá renovarse la propuesta de autonomía hasta transcurridos cinco años.
c) Que lo aprueben las Cortes…”.
Tras un proyecto inicial, conocido como el Estatuto de Estella, que no prosperó por diversas razones de índole jurídica y política, y siguiendo el mecanismo establecido por la Constitución, se celebró el 6 de agosto de 1933 en Vitoria una asamblea de ayuntamientos vascos.
Estos, de forma abrumadora en el caso de los de Gipuzkoa (83 a favor, 2 en contra y 4 abstenciones) y Bizkaia (115 a favor y 1 abstención) y más ajustada en los de Álava (41 a favor, 26 en contra y 10 abstenciones), votaron a favor de un nuevo texto de autogobierno que se denominó como Estatuto de las Gestoras, porque fue elaborado a iniciativa de las Comisiones Gestoras de las Diputaciones Forales.
Tras la aprobación municipal y siguiendo con el tracto legal previsto, el proyecto estatutario se sometió a referéndum.
La ratificación popular en las urnas tuvo lugar, como se ha señalado anteriormente, el 5 de noviembre de 1933 contando con el apoyo, con mayor o menor entusiasmo, de nacionalistas, republicanos y socialistas y la oposición de los tradicionalistas, la derecha y los comunistas.
La jornada del plebiscito transcurrió sin incidentes de importancia y con una muy elevada participación.
El resultado del referéndum fue abrumadoramente favorable a su aprobación. En Bizkaia y Gipuzkoa la participación ciudadana rondó el 90% de los votos (el 98% de los sufragios emitidos fueron favorables) mientras que en Araba participaron casi el 60% de los censados con un 80% de votos favorables al nuevo estatuto.
Una vez aprobado en referéndum, el texto sometido a plebiscito solo necesitaba su aprobación definitiva por las Cortes Generales.
Sin embargo, una vez más, la circunstancia políticas -el Parlamento español tras las elecciones de noviembre de 1933 giró a la derecha- y las alegaciones y recursos presentados por los tradicionalistas alaveses respecto a posibles irregularidades en el plebiscito hicieron que su tramitación quedara suspendida. Tras unas nuevas elecciones en febrero de 1936 y la vuelta de una mayoría de izquierdas, el proyecto reinició su tramitación. La sublevación militar de julio del 36 arrolló el trámite aún no finalizado, siendo aprobado un estatuto, con diferencias notables con el texto plebiscitado, en octubre de dicho año, en mitad de una guerra cuyos efectos todos conocemos.
Esperemos que las “circunstancias políticas” de hoy no impidan, otra vez, que este país de un paso adelante en su voluntad de autogobierno.
