DESPUÉS de haber sido encarcelado durante 21 meses con carácter preventivo, la absolución de Sandro Rosell en la Audiencia Nacional pone sobre la mesa una vez más la proporcionalidad de la acción de la Justicia. Quizá la celebridad del personaje -expresidente del F. C. Barcelona- permita aflorar en el ámbito de la administración de Justicia en el Estado un análisis más profundo que otros casos, más impregnados de ideología, no parecen haber sido capaces. Desde luego, la proporcionalidad de la acción preventiva no ha sido eje de la reflexión en la comunidad judicial en los casos de Altsasua o los líderes políticos catalanes. Pero vuelve a quedar de manifiesto que es necesario un sincero examen sobre los límites y el grado de discrecionalidad con los que se aplican los supuestos que justifican la prisión en las fases de instrucción de un caso. Fundamentalmente, son el riesgo de reiteración delictiva, la capacidad de obstrucción a la justicia y la posibilidad de fuga los supuestos que justifican, según los criterios normativos, el recurso a la privación de libertad sin condena. Son los fundamentales en la medida en que el razonamiento que alude a la gravedad del delito y la cuantía de las penas solicitadas es tan flexible como lo pueda ser el criterio de la Fiscalía. A Sandro Rosell se le pedían 11 años de cárcel por presunto blanqueo de capitales y organización criminal. Hemos asistido en el pasado más reciente a peticiones de penas elevadas en casos publicitados y, en virtud de su resolución, inflados artificialmente. Hemos escuchado a jueces admitir que las peticiones de pena les llegan hinchadas por parte de las acusaciones, pública o privada. Hemos visto casos mediáticos disueltos como azucarillos o resueltos con penas testimoniales en juicios que desacreditaban los argumentos acusatorios más contundentes por falta de pruebas. Todo ello debería llevar a la mesura. A la lectura prudente de la privación de libertad como medida extrema que es. No ayuda a esa dinámica la sobreexposición de casos mediáticos que animan a hacer tabla rasa de todos los presuntos delitos con la nada disimulada intención de manipular a la opinión pública con voluntad ideologizante. Pero es el poder judicial, no el espectáculo mediático, el responsable de salvaguardar el ejercicio de una justicia equilibrada, no a favor del discurso más popular. Más cuando este cuestiona derechos y libertades.