En el contexto de un embrollo jurídico el pasaporte covid ya es una espinosa realidad en Euskadi al aprobarlo el Tribunal Supremo; y así dejar sin efecto el dictamen del TSPV. Se escucha una expresión coloquial de "tirón de orejas" del Supremo al tribunal vasco. En realidad nada más lejos de ser cierto. Ambos tribunales dentro de su jerarquía competencial han emitido sus pronunciamientos que también pudieran estar sometidos a instancias judiciales superiores: el Tribunal Constitucional... Ante este último cabría el recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Supremo por las causas de interés de ley o unificación de la doctrina jurídica. El derecho a la libre circulación de las personas y el derecho a la intimidad en este momento están siendo conculcados tras la resolución del Tribunal Supremo. La vacunación es una recomendación, no una obligación. No nos obligan a vacunarnos, pero sí están restringiendo los derechos de movilidad a las personas no vacunadas. Al tiempo que los ciudadanos y ciudadanas se ven en la obligación de revelar datos médicos personales. ¿Dónde queda la Ley de Protección de Datos? Por otro lado, para poner en práctica la presentación del pase covid en cada establecimiento además tendría que haber una autoridad competente, un ertzaina, solicitando dicho documento. Esta labor no es cometido ni competencia del personal que trabaja en hostelería o en algunos otros lugares donde se tenga previsto solicitar.