La ley natural que es una emanación de la razón del Cosmos, cuya existencia innata a los seres humanos está unida al orden cósmico y universalmente sujeta y válida para los humanos, resulta influenciada por la intervención del poder central y por las grotescas negativas cercenadoras de desarrollo y supervivencia de nuestra sociedad. En el trabajo de los grandes jurisconsultos que transforman la ley natural en leyes de gentes, aplicables a pueblos y naciones, leyes que deben respetar la naturaleza oral, la que se expresa verbalmente por medio de la palabra de la tradición vasca desde la época anterior a los reinos castellanos, la que contiene el aire, la savia, la livido y la evolución, el placer y el alimento, el principio de nuestra actividad que nos distingue de los otros pueblos y que algunos la ven como fuerza narcotizante y otros la ven como fruto de la naturaleza vital y constitucional, donde hay necesidad de leyes humanas que transciendan al individuo. Platón, preocupado y ocupado con definir la naturaleza de la justicia en relación con el más allá de los que legislaban la Ciudad-Estado, señaló en La República que la realidad de los fenómenos percibidos como individuos en contraste con las ideas ejemplares, en el pueblo capaz de su mayor sabiduría y capaz de justicia y de poder legislar, es ese pueblo el que tiene conocimiento y reflexión, y el que vive con la validez, la naturaleza y la defensa de sus instituciones, que no necesitan ser juzgadas porque sus cualidades son innatas, y que su ley se identifica con su conocimiento.