Un juzgado ha reconocido el origen profesional de la ansiedad de una trabajadora de limpieza ocasionada por las “presiones de la dirección del colegio” donde realizaba su trabajo, según informó ayer CCOO. El sindicato explicó que el Juzgado de lo Social número 4 de Gasteiz ha declarado que el periodo de Incapacidad Temporal de la trabajadora deriva de accidente de trabajo y la sentencia reconoce que el hecho se desencadenó tras una “tensa discusión con la dirección del centro educativo”.

Según manifestó, la sentencia recoge como hechos probados que en el mes de septiembre de 2020, tras la reincorporación de las vacaciones, se llevaron a cabo limpiezas extraordinarias en el centro educativo Zabaleko de Amurrio, en el que además se estaban realizando unas obras, llevándose a cabo las mismas con el personal que habitualmente presta servicios de limpieza en ese centro sin que incrementasen las horas contratadas. El sindicato señaló que, tras una queja en relación con la limpieza de un aula, la limpiadora fue llamada por la directora para que acudiera a una de las clases en las que se encontraba el aparejador municipal del Ayuntamiento, el jefe de estudios y la directora del centro.

Por parte de la directora del centro ante el resto de los presentes se pidieron explicaciones a la trabajadora sobre la manera en la que había limpiado el día anterior una de las clases, “al considerar que no se había realizado correctamente el trabajo encomendado, produciéndose una discusión sobre este hecho”. CCOO indicó que, tras la referida reprimenda, la trabajadora fue trasladada desde su centro de trabajo al servicio de urgencia del Hospital de Galdakao por presentar un episodio de “sensación de falta de aire y dificultad en el habla”, con posterioridad inició un proceso de incapacidad temporal desde el 11 de septiembre del 2020 al 4 de marzo del 2022.

El sindicato aseguró que hechos como los que ha declarado probados la sentencia del Juzgado de lo Socia número 4 son “inadmisibles” en todo momento, pero “aún más cuando lo llevan a cabo personal ajeno a la empresa y con cargos de responsabilidad ligado a la administración”. CCOO del Hábitat de Euskadi animó a las trabajadoras del sector de la limpieza, “muchas veces subcontratadas desde la Administración, a denunciar no solo las excesivas cargas de trabajo a las que son sometidas, sino que también, en demasiadas ocasiones, las presiones que sufren por parte de los responsables de los lugares donde prestan servicio”.

Tras anunciar su paternidad: despido discriminatorio

  • Sentencia. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha anulado el despido de un comercial de L’Oreal y ha ordenado su readmisión al concluir que hay indicios de que fue cesado por haber anunciado su futura paternidad, lo que equivaldría a una discriminación por razón de sexo a una mujer embarazada. En la sentencia, la sala de lo social del TSJC da la razón al trabajador y modifica una resolución previa del juzgado social 31 de Barcelona que declaró el despido improcedente –ante lo que la empresa podía optar por readmitirle o indemnizarle con 3.280 euros– y ordena su readmisión y que además se le indemnice con 7.000 euros por los daños morales.