Bilbao - El Tribunal Constitucional (TC) ha obligado a modificar el sistema de cálculo de la pensión de los trabajadores a tiempo parcial, lo que beneficiará a un máximo de 1,8 millones de personas en activo en el Estado español. Es una estimación realizada por CC.OO., que remarca que no todos los trabajadores a tiempo parcial se verán afectados por este fallo del TC puesto que una parte ya vio corregida su situación a través de anteriores reformas. En Euskadi hay 155.000 personas contratadas a tiempo parcial, 124.000 mujeres. Se desconoce cuántas de ellas se verán beneficiadas por esta sentencia, en todo caso no más de 100.000.

Desde CC.OO. explican que la Seguridad Social no ha detallado los datos por territorios, por lo que es muy difícil calcular a cuántas trabajadoras vascas afectará la sentencia conocida el pasado miércoles. Teniendo en cuenta que en España trabajan a tiempo parcial 2,9 millones de personas y que algo más de un millón ya aclararon su sistema de cotización a raíz de sentencias y pactos sociales anteriores, el sindicato estima que el número total de trabajadores a los que beneficia el fallo podría llegar a 1,8 millones.

Trasladar a Euskadi ese cálculo es complicado por el distinto reparto del empleo por sectores. El contrato a tiempo parcial está presente sobre todo en servicios como hostelería, comercio, limpieza, comedores o atención social, y en general tiene un peso menor en empresas industriales. “Es un contrato que se está utilizando para flexibilizar la jornada según el interés del empresario. Genera mucha precariedad y ahonda en la brecha salarial de género”, dice a DEIA Loli García, secretaria general de CC.OO.-Euskadi.

El sindicato hace una valoración positiva de la sentencia del TC, que establece que un día de trabajo equivale a un día cotizado al margen de que se hayan trabajado ocho horas o cuatro. Esto anula lo que en la práctica se convertía en una segunda vía de reducción de la pensión de los trabajadores a tiempo parcial además de la penalización principal que sufren por su menor salario. Teniendo en cuenta que tres de cada cuatro contratos parciales los firman mujeres, el TC indica que esta segunda penalización “constituye una discriminación indirecta por razón del sexo”.

A este respecto, CC.OO. reclama “una reforma integral” del contrato parcial. Y es que llueve sobre mojado ya que no es la primera vez que los tribunales se pronuncian en contra del actual modelo en el cálculo de la jubilación. Una anterior sentencia del TC en 2013 dio lugar a una reforma que suprimió esta segunda penalización en el tiempo cotizado para los trabajadores parciales que llegasen a dos tercios de la jornada y para las carreras de cotización más breves. Este es el motivo por el que una parte de los empleados parciales actuales no están afectados por esta última sentencia.

LAB indicó que el reciente pronunciamiento del TC es “insuficiente” para solucionar la discriminación que sufren las mujeres en el cálculo de la pensión y señaló que solo “pone en evidencia” que la legislación en materia de Seguridad Social “así como sus últimas reformas, contribuyen a perpetuar la discriminación”.